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No será obligatorio presentar escritos en físico ante entidades públicas hasta el 2024

El Ejecutivo aprobó esta disposición aplicable en entidades del sector público.
Difusión

Entrega de escritos en físico no será requerido hasta el 31 de diciembre de 2024.

El Gobierno aprobó el Decreto Supremo N.° 187-2021-PCM mediante el cual se dispone ampliar hasta el 31 de diciembre de 2024 la no obligatoriedad de presentar escritos en físico en cualquier entidad de la administración pública.

La decisión adoptada por el Gobierno obedece a la emergencia sanitaria que sigue enfrentando el país y la aparición de la variante Ómicron, detectada en el Perú y considerada de preocupación por la Organización Mundial de Salud.

Medida por la COVID-19

La no obligatoriedad de presentar escritos en físico fue inicialmente promulgada – mediante el Decreto Legislativo N.° 1497 – en mayo de 2020, poco después del inicio de la emergencia sanitaria por la COVID-19.

De tal forma, se dispuso la suspensión hasta fines de 2020 de la aplicación del numeral 123.3 del artículo 123° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, norma que establece el régimen jurídico para todas las entidades públicas.

El numeral en mención precisa la obligación de la presentación física del escrito o documentación por parte de toda personal natural o jurídica. Sin embargo, a raíz de la pandemia, el Gobierno ordenó suspender este requisito.

“Dispóngase la suspensión hasta el 31 de diciembre del año 2020 (…) en lo referido a la obligación de la presentación física del escrito o documentación por parte de los administrados. Cuando el administrado emplee medios de transmisión a distancia se considera como fecha de recepción la fecha en que se registre la documentación a través de los medios digitales empleados por la entidad”, se lee en el decreto legislativo.

Posteriormente, a través del Decreto Supremo N.° 205-2020-PCM, se amplió esta suspensión hasta fines de este año y ahora el Ejecutivo ha optado por extenderla hasta el 2024.

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