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Gobierno presenta proyecto para proteger a dirigentes indígenas en riesgo

El Gobierno busca otorgar una protección diferenciada y especial a los dirigentes indígenas en peligro.
El Gobierno busca otorgar una protección diferenciada y especial a los dirigentes indígenas en peligro.

La iniciativa contempla las medidas de asistencia y protección que se brindarían a dirigentes comunales y/o indígenas que están en riesgo por proteger sus derechos.

El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley para la protección y asistencia a dirigentes comunales y/o indígenas u originarios que se encuentran en situación de riesgo, como consecuencia de sus actividades de defensa de los derechos de sus comunidades.

Esta iniciativa surge ante los asesinatos de dirigentes indígenas en los últimos años, por lo que el Gobierno ha visto necesario impulsar una propuesta normativa para brindar una protección diferenciada y especial a los dirigentes indígenas.

En el proyecto de ley se propone la creación de un registro de estos dirigentes que afrontan agresiones, amenazas o riesgos. El registro – que sería implementado por el Ministerio de Justicia – también identificaría a las personas del entorno familiar y personal de las/los dirigentes, cuando estén en riesgo por la misma razón.

Asimismo, la iniciativa señala qué actos pueden afectar su vida, integridad física o interferir con sus actividades: atentados contra la vida o integridad, detenciones arbitrarias, destrucción de la propiedad o medios de vida, hurto de información y estigmatización y mensajes de odio.

De igual forma, están incluidos los agravios contra el honor, la imagen y/o reputación; obstrucción del derecho de libre tránsito o limitación al derecho de reunión, amenazas a la seguridad en el ejercicio de su labor, violencia de género y actos de tortura u otros tratos crueles e inhumanos.

Medidas de asistencia y protección

Las medidas de asistencia, las cuales serían otorgadas a los dirigentes que afrontan actos que limiten sus actividades de defensa de derechos comunales, son:

1. Asistencia legal a través de la defensa pública.

2. Brindar declaraciones públicas de apoyo.

3. Visitas públicas en la zona de riesgo.

4. Realizar supervisiones ambientales y dictar medidas administrativas, según corresponda, ante posibles situaciones asociadas con la afectación del ambiente y los recursos naturales dentro de las comunidades.

5. Interponer las acciones legales que correspondan ante la posible comisión de delitos ambientales que afecten a las comunidades.

En tanto, las medidas de protección planteadas son: (i) evacuación de la zona de riesgo, (ii) protección policial personal y (iii) patrullajes policiales en la zona de riesgo.

Si es que los actos contra los dirigentes constituyen violencia de género, las medidas serían otorgadas en concordancia con lo establecido en la Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra mujeres e integrantes del grupo familiar (Ley 30364).

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