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Oficializan ley que autoriza el retiro del 100% de la CTS: ¿Qué trabajadores serán beneficiados?

Retiro de la CTS podrá realizarse hasta el 31 de diciembre de 2023.
Retiro de la CTS podrá realizarse hasta el 31 de diciembre de 2023.

Los trabajadores podrán disponer, por única vez, de la totalidad de su CTS. Tienen plazo hasta el 31 de diciembre de 2023.

El Gobierno promulgó hoy la ley que autoriza la disposición de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia de la COVID-19 (Ley 31480).

La norma, publicada en el diario oficial El Peruano, lleva las firmas del presidente Pedro Castillo y el presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres.

Según indica en su artículo 2°, la presente ley autoriza – por única vez – la libre disposición de hasta el 100% de la CTS, hasta el 31 de diciembre de 2023.

Los trabajadores que podrán disponer de la CTS son aquellos formales del sector privado, comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado de la Ley de CTS (Decreto Supremo N.° 001-97-TR):

“Artículo 4.-
Solo están comprendidos en el beneficio de la CTS los trabajadores sujetos al régimen laboral común de la actividad privada que cumplan, cuando menos en promedio, una jornada mínima de cuatro horas.”

Asimismo, están comprendidos aquellos trabajadores sujetos al régimen laboral y compensatorio común de la actividad privada, aun cuando tuvieran un régimen especial de remuneración.

Como disposición complementaria final, se establece que el Ejecutivo dictará las disposiciones reglamentarias en el plazo máximo de 10 días calendario desde la entrada en vigencia de la presente ley.

Dado que la norma estará vigente desde mañana, 26 de mayo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo tiene el encargo de reglamentar la Ley 31480 hasta el 5 de junio.

Una vez emitidas las disposiciones reglamentarias, se estima que, desde el 6 de junio, los trabajadores/as podrán disponer de su CTS de manera total o parcial, hasta fines de 2023.

¿Cómo retirar la CTS?

La CTS se deposita en cuentas de ahorros que están bajo la titularidad del trabajador, usualmente abiertas en bancos, financieras, cajas municipales u otras entidades financieras.

Por lo tanto, la solicitud de desembolso deberá ser presentada a la entidad donde esté la CTS y la transferencia tendrá que efectuarse en un plazo no mayor de dos días hábiles.

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