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Los Contratos-Ley en el Perú, a 30 años de su creación

Los contratos-ley en el Perú son usados cada vez menos
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El contrato-ley es una de las figuras novedosas que se ha creado a partir de la Constitución Política del Perú de 1993. Es un acto jurídico que surge como respuesta del modelo económico vigente que se elevó a la categoría constitucional. El artículo 62 de la Constitución antes referida, que lo regula, establece lo siguiente:

La libertad de contratar garantiza que las partes pueden pactar válidamente según las normas vigentes al tiempo del contrato. Los términos contractuales no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de cualquier clase. Los conflictos derivados de la relación contractual sólo se solucionan en la vía arbitral o en la judicial, según los mecanismos de protección previstos en el contrato o contemplados en la ley. Mediante contratos-ley, el Estado puede establecer garantías y otorgar segades. No pueden ser modificados legislativamente, sin perjuicio de la protección a que se refiere el párrafo precedente”.

Artículo 62- Constitución del Perú

Nació con el propósito de atraer la inversión privada, nacional o extranjera. Para ello, el Estado brinda a cambio -a los inversionistas- ciertas garantías relacionadas con la estabilidad jurídica del contrato celebrado. En otras palabras, se enfoca principalmente en la inalteración de los términos contractuales acordados inicialmente. Así, ni la coyuntura política del país, ni los cambios en la regulación posterior, afectan a un contrato-ley vigente. Este acuerdo intangible, que no permite modificaciones unilaterales por ninguna de las partes contractuales, tiene la característica de ser prolongado en el tiempo, por lo que su vigencia de larga duración se extiende por 15, 20 o 30 años, por lo general. Asimismo, puede obtener beneficios tributarios, laborales o de otra índole.

Dentro de los contratos-ley más conocidos en materia de telecomunicaciones destaca el celebrado entre el Estado peruano y la Compañía Peruana de Teléfonos, ahora, la empresa española, Telefónica del Perú S.A.A.; en materia de minería, tenemos el contrato celebrado entre el Estado peruano y la Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.  o la Minera Las Bambas S.A.; entre otros.

Esta controvertida figura tiene posiciones encontradas. Por un lado, hay quienes defienden la Constitución Económica alegando que ha contribuido con el desarrollo del país al incentivar la inversión privada. Por otro, hay opositores al esquema del contrato-ley aduciendo que restringe la autonomía estatal debido a que la situación de nuestro país no es estática; en consecuencia, las cláusulas del contrato tampoco deberían ser inmutables y sin posibilidad de renegociación. Lo cierto es que, a 30 años de su creación, los contratos-ley son herramientas legales que cada vez se invocan menos y que han sido reemplazadas por los contratos de concesiones de servicios públicos. 

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