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Autorizan bono de S/. 1500 para personal asistencial y administrativo de salud

Por su labor en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia del Covid-19
Ministerio de Salud

El personal comprendido en la norma es aquel que labora en algún establecimiento o institución dentro del Ministerio de Salud o adscrito a este y sus unidades ejecutoras.

El Poder Ejecutivo aprobó la entrega de una bonificación extraordinaria de S/.1500 para el personal asistencial y administrativo del sector salud, por su labor en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia del Covid-19.

Para la entrega de este bono se realizarán transferencias al Minsa y sus unidades ejecutoras hasta por la suma de S/ 373'945,500.

La norma precisa que se autoriza la bonificación extraordinaria a favor del personal de la salud al que se hace referencia en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1153 y al personal de la salud contratado bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, así como al personal administrativo sujeto al régimen del Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Legislativo Nº 728 y Decreto Legislativo Nº 1057.

¿Quiénes recibirán el bono?

Según el Decreto de Urgencia N°112-2021, el personal beneficiario deberá encontrarse registrado en el Aplicativo Informático del Registro Nacional del Personal de la Salud (INFORHUS) del Minsa y en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

De acuerdo al dispositivo legal, el personal comprendido es aquel que tiene vínculo laboral con el Ministerio de Salud y sus unidades ejecutoras, el Instituto Nacional de Salud (INS), el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN), el Seguro Integral de Salud (SIS), la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales.

No obstante, quedan excluidos los funcionarios a los que se refiere el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y los servidores de confianza; así como el personal que se encuentre sancionado con suspensión sin goce de haberes a la entrada en vigencia del decreto.

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