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Oficializan lista de lugares donde la mascarilla no será obligatoria en espacios abiertos

A partir de mayo, el uso de mascarillas será opcional en Lima, Callao, Ica y Áncash.
La República

El Ministerio de Salud oficializó, mediante una resolución, los departamentos donde el uso de la mascarilla en espacios abiertos será facultativo. Conoce en esta nota cuáles son.

El Ministerio de Salud (Minsa), mediante Resolución Ministerial N.° 319-2022/MINSA, oficializó la lista de lugares donde el uso de la mascarilla en espacios abiertos será voluntario:

1. Lima Metropolitana.

2. Lima provincias.

3. Callao.

4. Departamento de Ica.

5. Departamento de Áncash.

Aunque recién hoy se publicó la relación de departamentos para el uso facultativo de mascarillas, esta medida entró en vigencia el 1 de mayo.

Requisitos para el uso voluntario de mascarillas

Cabe recordar que el uso opcional de la mascarilla fue aprobado por el Poder Ejecutivo a fines de abril, mediante Decreto Supremo N.° 041-2022-PCM. En dicho dispositivo legal se estableció que la medida aplicaría en los departamentos que cumplan con estos requisitos:

- El 80% de personas mayores de 60 años deben tener las tres dosis contra la COVID-19.
- El 80% de personas mayores de 12 años deben tener las dos dosis contra la COVID-19.

Asimismo, se dispuso que el Minsa, a través de la publicación de una resolución ministerial, iba a determinar de manera periódica qué departamentos cumplen con las exigencias solicitadas y otras precisiones necesarias.

De tal manera, conforme avance la vacunación a nivel nacional, el Minsa evaluará si hay más departamentos que cumplen con el porcentaje de vacunación requerido para que apliquen el uso voluntario de mascarillas.

Espacios cerrados

Si bien las personas que residen en Lima Metropolitana, Lima provincias, Callao, Ica y Áncash podrán decidir si usan o no la mascarilla en lugares abiertos, esta seguirá siendo de uso obligatorio en espacios cerrados, según lo estipulado en el mismo decreto donde se aprobó el uso facultativo de mascarillas:

“4.1 Es obligatorio el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela), para circular por las vías de uso público y en lugares cerrados.”

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