Perú Legal
  • ACTUALIDADchevron down
  • MUNDOchevron down
  • JURISPRUDENCIAchevron down
  • TEMAS LEGALESchevron down
  • OPINIÓNchevron down
  • CÓMO HACERLOchevron down
Perú Legal
Conócenos

Observatorio Legal

Webinars

CONTÁCTO

CORREO /

contacto@peru-legal.pe

MÓVIL /

(+51) 978 218 226

DIRECCIÓN /

Jr. Camaná 320 - Lima

Guatemala: Congreso aprueba ley que eleva las penas por aborto

La Ley 5272 ha sido criticada por criminalizar el aborto en todas sus formas.
La Ley 5272 ha sido criticada por criminalizar el aborto en todas sus formas.

La Ley 5272 aprobada recientemente por el Congreso de Guatemala atenta contra el aborto, los derechos LGTBI y la educación sexual.

Con 101 votos a favor, el Congreso de Guatemala aprobó en su tercer debate la Ley 5272, también conocida como la ley para la protección de la vida y la familia. En contra de la misma votaron solo ocho legisladores y hubo 50 abstenciones.

Esta norma, presentada en abril de 2017, modifica el Código Penal con el fin de elevar las penas si una mujer o persona gestante aborta. Inicialmente, la sanción por abortar es de 1 a 3 años de prisión, pero con la reciente modificación, las penas van entre 5 a 10 años.

Además, todos aquellos que promuevan o faciliten los medios para un aborto podrán ser sancionados con 6 a 10 años de cárcel y una multa de 50 mil a 100 mil quetzales.

Comunidad LGTBI y educación sexual

No obstante, la Ley 5272 no solo criminaliza al aborto en todas sus formas, sino también establece expresamente que una familia está compuesta por la madre, padre e hijos; negando así el reconocimiento a las parejas del mismo sexo e impidiéndoles que puedan adoptar.

Para ello, la citada ley realiza cambios al artículo 173° del Código Civil de la siguiente forma:

“La unión de hecho de un hombre y de una mujer, así nacidos, con capacidad para contraer matrimonio, puede ser declarada por ellos mismos ante el alcalde de su vecindad o un notario.
(…)
Se prohíbe expresamente la declaratoria de unión de hecho entre personas del mismo sexo.

Por otra parte, la norma en mención también prohíbe que los colegios públicos y privados promuevan programas relacionados a la diversidad sexual, educación sexual o enseñar como normales las “conductas sexuales distintas a la heterosexualidad”.

El procurador de los Derechos Humanos de Guatemala, Jordán Rodas, sostuvo que esta ley atenta contra los derechos humanos y viola acuerdos y convenios internacionales ratificados por el Estado de Guatemala.

Por consiguiente, anunció que planteará una acción de inconstitucionalidad con la finalidad de que la normativa no tenga efectos.

Cargando MgId...