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[Lo último] Poder Judicial ordena al Congreso suspender elección de magistrados del TC

palacio de justicia
Poder Judicial

El parlamento deberá acatar la decisión judicial. Foto: Poder Judicial

El Poder Judicial concedió la medida cautelar que dispone la suspensión de la elección de nuevos magistrados del Tribunal Constitucional (TC). 

Cabe recordar que el abogado Walter Ayala, ex presidente del Comité de Ética del Colegio de Abogados (CAL), es el autor de la demanda de amparo presentada contra el Legislativo a fin de detener el proceso mencionado anteriormente.

La medida cautelar fue dictada por la jueza Soledad Amparo Blácido Báez, a cargo del Tercer Juzgado Constitucional Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima. 

Los razonamientos detrás se encuentran contenidos en la Resolución N° 01 del 6 de julio de 2021, dentro del Expediente N° 02425-2021-42-1801-JR-DC-03.

Ante esta disposición, la presidenta del Congreso, Mirtha Vásquez, convocó de urgencia a la Junta de Portavoces para analizar la disposición del Poder Judicial.

¿Qué es una medida cautelar?

Una medida cautelar es un instituto procesal mediante el cual un órgano encargado de administrar justicia adelanta algunos efectos de una sentencia futura o asegura una prueba, al admitir y reconocer que existe apariencia de derecho (probabilidad de que quien solicita la medida tiene razón sobre la discusión del problema de fondo) y, además, advierte del peligro que puede implicar la demora producida por la espera de un fallo definitivo o de que se actúe una prueba. Todo a petición de parte.

Las medidas cautelares son medidas provisionales, en tanto se mantienen vigentes mientras se mantengan los presupuestos que motivaron otorgarla y hasta que se emita una decisión con autoridad de cosa juzgada.

Fundamentos detrás de la medida

Para este caso concreto, la jueza decidió admitir la petición al reconocer que la institución legislativa habría “infringido las exigencias” de los artículos 35.1 y 35.2 del Reglamento aprobado por el Congreso para la selección de candidatos para la elección de magistrados del Tribunal, pues no se han justificado los puntajes asignados a cada candidato en las etapas de evaluación, lo que atentaría contra los principios de motivación, transparencia y publicidad.

Al respecto, menciona que este argumento logra acreditar la verosimilitud del derecho invocado: el derecho a la exigencia del cumplimiento de normas legales.

Otros argumentos que no se han considerado para la decisión provisional por considerar que requieren un mayor análisis son: una “falta de legitimidad” por parte de la actual Representación Nacional, con justificación en los hechos cometidos por las distintas bancadas parlamentarias (como la suspensión del proceso con anterioridad o la desactivación de la Comisión de Selección de miembros del Tribunal Constitucional), así como la supuesta existencia de “conflicto de intereses” y “preguntas mal formuladas” por parte de los congresistas miembros de la comisión encargada de seleccionar a los candidatos, pues durante la etapa de entrevistas se realizaron preguntas relacionadas a procesos aún pendientes de resolver por parte del alto Tribunal y en los que el Congreso es parte demandada.

Para acceder a la resolución que ordena al Legislativo suspender provisionalmente el proceso de elección de los nuevos miembros del TC, ver el siguiente enlace: https://bit.ly/3xsvT9a

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