JNE ha convocado a consultas de revocatoria para el domingo 10 de octubre

El Jurado Nacional de Elecciones ha convocado a Consulta Popular de Revocatoria, que se realizará en 13 distritos del país, en los departamentos de Áncash, Apurímac, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Lima, Piura, Puno y Tacna.
El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha convocado a consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales 2021. Este proceso electoral se realizará el domingo 10 de octubre en 13 distritos del país.
Las consultas de revocatoria comprende a la composición total de la corporación municipal (alcaldes más regidores): un total de 13 alcaldes distritales y 42 regidores. El proceso se llevará a cabo para las autoridades municipales de los distritos de Chavín (Ica), Cotabambas (Apurímac), Cuturapi (Puno), Huayucachi (Junín), Justo Apu Sahuaraura (Apurímac), La Libertad (Áncash), Langa (Lima), Lobitos (Piura), Ñahuimpuquio (Huancavelica), Pilpinto (Cusco), Sama (Tacna), San Buenaventura (Huánuco) y Tauripampa (Lima).
Estos procesos se llevarán a cabo en las mencionadas comunas luego de que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) verificó el cumplimiento de los requisitos de las solicitudes postuladas por los promotores de las consultas y las admitió a trámite.
Resoluciones y base legal
Las consultas de revocatoria se han convocado mediante la Resolución N° 0737-2021-JNE, la cual lleva la firma del presidente del JNE, Jorge Luis Salas Arenas, junto con el resto de miembros que componen el pleno del tribunal electoral.
Debido al contexto ocasionado por la pandemia de la COVID-19, el JNE emitió la Resolución N.º 0166-2020-JNE, con fecha 10 de junio de 2020, mediante la cual se postergaron por cuatro meses los procesos de consulta popular de revocatoria, así como las actividades del cronograma electoral respectivo.
Finalmente, con la Resolución N.º 0094-2021-JNE, de fecha 12 de enero de 2021, el Jurado aprobó el nuevo cronograma electoral para el periodo 2019-2022, en el que se establece que las consultas de revocatoria se convocan para el 10 de octubre del presente año.
Las consultas populares de revocatoria
La consulta popular de revocatoria es uno de los procesos electorales previstos en nuestro sistema electoral para que la ciudadanía, en el ejercicio de la democracia directa (es decir, mediante el voto en las urnas), pueda decidir si revoca a los alcaldes y regidores del mandato que se les otorgó.
Para estos casos, a nivel distrital, la solicitud de revocatoria solo procede por única vez en el período del mandato de las autoridades y no necesita de nuevas elecciones. Los funcionarios revocados son reemplazados en orden de prelación: en el caso del alcalde, por el primer regidor aún en funciones; si se tratan de regidores, ingresa el accesitario de su lista electoral.
En adición, para que el proceso pueda resultar en una revocatoria, se requiere que hayan asistido a votar al menos el 50% de electores habilitados en el padrón electoral y que, a su vez, la revocatoria haya sido apoyada por la mitad más uno de los votos válidos.
Hay que recordar que la consulta popular de revocatoria es un derecho ciudadano de control hacia las autoridades de elección popular, conforme a lo dispuesto en el artículo 2, en los numerales 17 y 31, de la Constitución Política del Perú.
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