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Ricardo Morán demanda al Reniec por negar inscripción de sus hijos

Ricardo Morán y sus hijos Emiliano y Catalina.
Instagram Ricardo Morán

Ricardo Morán tuvo a sus hijos mediante gestación subrogada en Estados Unidos.

El productor de TV, Ricardo Morán, presentó una demanda ante el Poder Judicial contra el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) por negarle la inscripción de sus hijos gemelos bajo la nacionalidad peruana.

Como se recuerda, Morán realizó un procedimiento de gestación subrogada o vientre de alquiler en Estados Unidos en abril de 2019 para poder tener a sus hijos, quienes hasta ahora no han sido reconocidos como peruanos por no tener legamente una madre.

“La ley que le permite a cualquier mujer a inscribir a sus hijos sin presencia del padre, no le permite lo mismo a un padre. Catalina y Emiliano (sus hijos), en estos dos años y medio, han visto vulnerados sus derechos al nombre, a la nacionalidad, a la identidad, a la igualdad y no discriminación, a las garantías judiciales y a su protección judicial”, precisó.

El productor de TV afirmó que a lo largo de este tiempo ha intentado que el Reniec permita que los gemelos sean inscritos, pero la entidad ha realizado constantes observaciones.

“Al agotarse la vía administrativa, he firmado la acción de amparo en el Poder Judicial, porque es momento de judicializar el proceso y decir que los derechos constitucionales de Emiliano y Catalina están siendo vulnerados”, añadió.

Sin un marco normativo

Tal y como lo ha mencionado Morán, el Código Civil, en su artículo 21°, solo permite que la madre inscriba a su hijo o hija sin revelar la identidad del padre, por lo que el/la menor puede llevar los dos apellidos de la madre. No obstante, esto no está permitido para el padre.

Además, la técnica reproductiva empleada por el productor de TV – gestación subrogada o vientre de alquiler – solo está regulada en un artículo de la Ley General de Salud, la cual señala que todas las personas pueden procrear mediante técnicas de reproducción asistida, por lo que es necesario abrir una discusión para adecuar la legislación peruana respecto a este tema.

En tanto, también es necesario precisar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) ha indicado en anteriores oportunidades que los Estados deben proteger el interés superior de los menores de edad, por lo cual las leyes deben aplicarse en beneficio de ellos para que puedan ejercer plenamente sus derechos.

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