Congreso aprobó en primera votación ley que reconoce derechos laborales a repartidores de delivery

Queda pendiente su segunda votación. Foto: Andina
El Congreso de la República aprobó con 73 votos a favor, 25 abstenciones y tres en contra la ley que propone establecer derechos laborales a los trabajadores que realizan servicio delivery o reparto a domicilio.
Esta iniciativa está plasmada en el Proyecto de Ley (PL) 7567, el cual fue analizado y estudiado en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social.
Sin embargo, el PL no fue exonerado de segunda votación, pese a que se presentó una reconsideración. Por ello, este viernes volverá a ser debatida y sometida a segunda votación.
¿Qué beneficios tendrían estos trabajadores?
El planteamiento presentado estipula que los empleadores deberán otorgar a los trabajadores las siguientes condiciones laborales mínimas:
1. Un seguro de salud a cargo del empleador.
2. Un seguro de accidentes a cargo del empleador.
3. El 80% o más del costo económico que paga el usuario final por el servicio.
4. Equipamiento de protección personal adecuada a la función realizada.
5. El pago de utilidades de forma anual, de acuerdo a la ley nacional vigente.
6. Los demás que correspondan por ley.
Por otra parte, la infracción a lo mencionado anteriormente se considerará como muy grave, ello conforme a los lineamientos de la Ley General de Inspección del Trabajo.
De igual manera, a los empleadores se les considera como tal cuando contratan a personas que prestan servicios de reparto a través de medios digitales o llamadas telefónicas. Asimismo, deberán estar inscritos en el Registro Nacional de Personas Jurídicas que recurren a Servicios de Reparto y Distribución de Bienes, a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción Social.
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