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Ejecutivo observó ley que expande el control concurrente

Ejecutivo observó ley que expande el control concurrente
Ejecutivo observó ley que expande el control concurrente

La Contraloría había solicitado su pronta promulgación. Foto: GLR

El Ejecutivo observó la ley aprobada por el Congreso que establece medidas para la expansión del control concurrente a nivel nacional.

La finalidad de la autógrafa de ley es expandir el mecanismo de control gubernamental en las obras públicas, inversiones y cualquier iniciativa de contratación de bienes y servicios que superen los 10 millones de soles, para lo cual los pliegos del gobierno nacional, regional y local deberán destinar hasta el 2% del valor invertido.

Según el oficio enviado por el presidente Francisco Sagasti y la premier Violeta Bermúdez, esta norma afecta la autonomía de los gobiernos regionales y locales, además implicaría gastos públicos, siendo que el legislativo no tiene iniciativa de gasto.

En detalle, el Ejecutivo indicó que la ley interfiere con la garantía constitucional de la autonomía política, económica y administrativa de los gobiernos regionales y locales, los cuales también realizan una gestión del presupuesto asignado de acuerdo a sus necesidades y prioridades.

“La obligación a los gobiernos regionales y locales de financiar la asignación de recursos humanos para el apoyo técnico administrativo, así como de recursos logísticos (…) además de la infraestructura necesaria para garantizar el normal desempeño de las funciones de los órganos de control institucional, incide en aspectos presupuestales y administrativos que les corresponde ejercer a dichos niveles de gobierno en el marco de su autonomía”, se lee en el documento.

En otro punto, se menciona que no se realizó una adecuada fundamentación jurídica que justifique la norma ni se ha elaborado un análisis de proporcionalidad para determinar la legitimidad de las restricciones a la autonomía regional y municipal.

Por otro lado, el Gobierno puntualizó que lo propuesto en la autógrafa de ley implicaría la asignación de presupuesto proveniente del Ejecutivo en cada inversión que supere los 10 millones de soles, lo cual es un gasto público. Ante ello, se amparó en el Art. 79 de la Constitución referido a que “los representantes ante el Congreso no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos”.

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