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SBS publica reglamento de seguros de vida con componentes de ahorro y/o inversión

Las empresas deberán promocionar sus productos con un lenguaje sencillo. Foto: Difusión.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó el reglamento de seguros de vida con componentes de ahorro y/o inversión en la sección de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

Cabe precisar que los seguros de vida con componentes de ahorro permiten generar un fondo de ahorro para el futuro en beneficio de algún familiar cuando el titular fallezca.

Este será aplicable a las empresas de seguros de vida, de riesgos generales, de seguros y de reaseguros; además establece disposiciones para las rentas particulares y otros seguros de vida que posean al menos un componente de ahorro o inversión, separable o no.

Se excluyen a las rentas de jubilación y a las pensiones de invalidez o de sobrevivencia asociadas al Sistema Privado de Pensiones, a las pensiones del seguro complementario de trabajo de riesgo, entre otros.

Los detalles

Para fines informativos, las empresas deberán identificar y manejar cuentas individuales a favor de cada asegurado que desglosen los componentes de ahorro o de inversión separables y no separables de aquellos de cobertura de riesgos de seguros.

Asimismo, las decisiones que tomen las empresas no pueden atentar contra los intereses de los asegurados.

Por otra parte, los nombres de los productos deberán ser difundidos con un lenguaje sencillo y claro para que los usuarios puedan entenderlos, sin generar falsas expectativas.

El reglamento subraya que los riesgos operacionales deben ser gestionados conforme al Reglamento para la Gestión del Riesgo Operacional y en ningún caso las pérdidas pueden ser asumidas por el asegurado cuando se traten de seguros con componentes de inversión.

Para fines de gestión interna y de reporte a la SBS, las empresas definirán e implementarán un método y procedimientos formales para identificar y mantener un registro que segmente los gastos de administración, de gestión de inversiones, de adquisición y de gestión de siniestros que surgen por la oferta y gestión de productos contemplados en el reglamento.

En tanto, sobre la información para la contratación y contenido de las pólizas de seguro, las empresas deberán brindar a los asegurados los conceptos que son cargados y abonados en cada una de las cuentas que poseen, incluyendo los aportes voluntarios; proyecciones de los valores de cada cuenta a lo largo del horizonte del producto, entre otros.

De igual forma, se pondrá a disposición del asegurado un estado de cuenta actualizado, aunque se puede pactar que no se remita este documento si es que no se ha cumplido con el pago de la prima que conlleve a la suspensión de la cobertura y no existan saldos a favor de los usuarios.

Para leer el reglamento, haz click AQUÍ.

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