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ATU: Medio pasaje escolar y universitario debe respetarse por ley

Universitarios deben presentar su carné para acceder al medio pasaje.
Universitarios deben presentar su carné para acceder al medio pasaje.

Con el regreso a clases presenciales y semipresenciales, la ATU recordó que las normas disponen el cobro del medio pasaje a escolares y universitarios.

En el marco de la campaña “Retorno seguro a clases”, la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao (ATU) instó a los operadores de transporte a respetar los pasajes diferenciados en beneficio de los estudiantes que, a partir de este mes, volverán a las aulas.

“Exhortamos a los operadores de transporte a seguir sumándose en la tarea de brindarle un mejor servicio a los ciudadanos, parte de este compromiso es respetar el derecho que tienen nuestros estudiantes universitarios y escolares a trasladarse pagando medio pasaje”, sostuvo la ATU.

Norma sobre medio pasaje

De acuerdo a la Ley 26271, el pasaje diferenciado se cobra a los alumnos universitarios y de institutos superiores universitarios cuya carrera no sea menor a seis semestres académicos. Para ello, deben presentar su carné universitario.

En ese sentido, el precio del pasaje universitario no podrá exceder de 50% del precio del pasaje adulto. Esto es aplicable desde las 5:00 horas hasta las 24:00 horas en días laborables.

En cuanto al pasaje escolar, esto está regulado en el Decreto Supremo N.° 115-90-PCM, donde se señala que el medio pasaje se aplica en los siguientes horarios: de 6:00 a 8:30 horas, de 11:30 a 14:00 horas y de 17:30 a 19:30 horas. Este beneficio está vigente de lunes a viernes, a excepción de los feriados y días no útiles.

De ser que estas disposiciones no sean respetadas, el usuario puede presentar su queja ante el Indecopi de manera presencial o de forma virtual en el Libro de Reclamaciones.

Asimismo, la ATU advirtió que la empresa de transportes infractora podría recibir una sanción de hasta el 20% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a S/930, más la suspensión de la habilitación del vehículo para prestar el servicio de transporte público durante cinco días.

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