Día de la Libertad de Prensa: Conoce la jurisprudencia que garantiza el libre ejercicio de la prensa
Hoy, 3 de mayo, se conmemora el Día Mundial de la Libertad de Prensa, un principio reconocido a nivel internacional y en la legislación peruana.
Cada 3 de mayo se conmemora el Día Mundial de la Libertad de Prensa, declarado oficialmente por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1993. En esta fecha se suele abrir una reflexión sobre la situación de la prensa en cada país.
Aunque la libertad de prensa está garantizada por la legislación peruana, según Reporteros sin Fronteras, los periodistas suelen ser objeto de frecuentes abusos judiciales. A su vez afirma que el periodismo de investigación tiende a desaparecer, mientras que la desinformación gana terreno en el país.
Las varias amenazas hacia periodistas, realizadas por un sector político o personas que pertenecen a la esfera pública, lamentablemente no es una problemática reciente en el Perú.
Como ejemplo tenemos a Rodolfo Orellana, empresario que hace años entabló decenas de demandas contra periodistas que lo investigaban por pertenecer a una red criminal, e inclusive amenazó a la periodista Milagros Leiva de querellarla por 100 millones de dólares.
Marco legal en el Perú
La libertad de prensa está estrechamente relacionada con la libertad de expresión, derecho reconocido en el artículo 2°, inciso 4 de la Constitución Política, donde se establece que toda persona tiene derecho a la libertad de información, opinión y expresión mediante cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura, bajo las responsabilidades de ley.
Al mismo tiempo, la Carta Magna advierte que toda acción que suspenda o clausure algún órgano de expresión constituye delito y expresa que los derechos de informar y opinar comprenden los de fundar medios de comunicación.
Jurisprudencia internacional
En términos de derecho internacional, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, tratado ratificado por el Perú, aborda en su artículo 13° la libertad de pensamiento y de expresión, la cual no está sujeta a previa censura, aunque debe asegurar (i) el respeto a los derechos o a la reputación de los demás o (ii) la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral pública.
Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) ha reconocido el rol de los medios de comunicación y los considera como piezas clave en una democracia.
Sobre la importancia de garantizar el libre ejercicio periodístico, en la sentencia del caso Herrera Ulloa vs Costa Rica, el tribunal internacional recalcó que es fundamental que los periodistas que laboran en los medios de comunicación gocen de la protección y de la independencia necesarias para realizar sus funciones, puesto que ellos mantienen informada a la sociedad.
Límite entre difamación y libertad de prensa
La mención que hace Reporteros sin Fronteras a los abusos judiciales nos traslada al reciente caso del periodista Christopher Acosta, autor del libro “Plata como Cancha”, sentenciado a dos años de prisión suspendida por el delito de difamación agravada.
Dicha condena está referida a la publicación del libro en mención, el cual trata sobre la vida política de César Acuña, líder de Alianza para el Progreso que demandó al periodista por presuntamente difamarlo, pese a que el contenido del libro recoge una serie de investigaciones realizadas por Acosta.
El delito de difamación está tipificado en el artículo 132° del Código Penal y se le atribuye a aquellos que puedan perjudicar el honor o reputación de una persona. Si este ilícito se comete mediante un libro, prensa u otro medio de comunicación, la pena va desde uno hasta tres años de pena privativa de libertad.
Sin embargo, la CorteIDH estableció en anteriores sentencias que penalizar o castigar las expresiones dirigidas a funcionarios públicos o a particulares involucrados voluntariamente en cuestiones relevantes al interés público es una "sanción desproporcionada" con relación a la importancia que tiene la libertad de expresión e información dentro de un sistema democrático.
Por consiguiente, es necesario impulsar un debate en el que se respete la libertad de expresión y prensa, sin que estas se vean amenazadas por herramientas judiciales ni mecanismos de censura.
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