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“Marcha por la Paz”: ¿Es legal que los policías convoquen a manifestaciones?

Efectivos policiales no pueden convocar a marchas ciudadanas
RPP

La PNP no está facultada para convocar manifestaciones políticas ni sociales

Mediante un video subido en sus redes sociales, la Policía Nacional del Perú (PNP), convocó a la ciudadanía a participar en la “Gran Marcha por la Paz” que se realizó el 3 de enero, en diversas regiones del país.  En esa misma línea, la presidenta Dina Boluarte también hizo promoción de esta marcha, durante una conferencia de prensa en Cusco.

Previo a la manifestación, el ministro del Interior, Víctor Rojas, informó que los agentes policiales no serían partícipes, debido a los cuestionamientos de la Defensoría del Pueblo y la sociedad civil respecto a las competencias de la Policía Nacional para convocar esta movilización. 

¿Es legal que la PNP o las Fuerzas Armadas convoquen marchas?  

No, según el artículo 169 de la Constitución del Perú, las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional no son deliberantes, es decir no pueden ni deben participar en acciones políticas.

Artículo 169.- Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional no son deliberantes. Están subordinadas al poder constitucional.

Constitución del Perú

“ En ese sentido la mencionada “Marcha por la Paz” es una marcha de apoyo político al actual gobierno de Dina Boluarte. Por ello que la policía la organice o participe de ella es una infracción a la Constitución”, menciona Adrián Bazo Cannock, abogado Constitucionalista.

¿ Que la PNP convoque a manifestaciones sociales es sancionable?

Según la Ley 30714, “LEY QUE REGULA EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ” , organizar o participar en actividades políticas es una infracción  muy grave grave contra la disciplina, la cual debe ser sancionada con el pase al retiro de los oficiales involucrados

Organizar, dirigir, promover, participar o incitar a huelga, paro, marcha u otras acciones de protesta de índole policial, o intervenir en forma directa en actividades políticas o sindicales.

Infracción MG43- TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES MUY GRAVES- Ley 30714, “LEY QUE REGULA EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ”

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