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Toma de Lima: ¿En qué casos la Policía puede pedirme el DNI?

Efectivos portarán escopetas con balas de goma en la tercera Toma de Lima.
Efectivos portarán escopetas con balas de goma en la tercera Toma de Lima.

Los efectivos policiales realizarán controles para evitar disturbios en la anunciada tercera Toma de Lima. Una de estas medidas es el control de identidad en peajes y carreteras.

A una semana de la anunciada Toma de Lima, las autoridades se están preparando para desplegar una serie de acciones y restricciones para garantizar el orden público en la capital.

Además del control de identidad que realizará la Policía Nacional del Perú (PNP) a las personas que ingresen a Lima desde el sur del país, también harán registros fílmicos de las personas y les exigirán su DNI en los peajes y carreteras.

“Van a mostrar su DNI, se les va a registrar su voz, se les va a filmar, van a tener una inspección corporal”, señaló el general PNP Óscar Arriola a un medio de comunicación.

¿La Policía puede pedirme mi DNI?

Sí, la PNP puede solicitarme mi DNI. Esta es una de sus atribuciones que está señalada en el artículo 11, inciso 2, de la Ley de la Policía Nacional del Perú (Decreto Legislativo n.° 1148):

Artículo 11.- Atribuciones

Son atribuciones de la Policía Nacional del Perú las siguientes:

(…)

2. Requerir la presentación de documentos de identidad personal cuando las circunstancias lo amerite”

Sin embargo, también tenemos el Protocolo de Control de Identidad Policial (Decreto Supremo 010-2018-JUS), el cual establece que el personal policial, sin necesidad de orden judicial o fiscal, puede requerir a cualquier persona su DNI y realizar las verificaciones pertinentes en el lugar que se encuentre, solo en los siguientes supuestos:

1. Considere que resulta necesario para prevenir un delito.

2. Para obtener información útil para la averiguación de un hecho punible.

“Gobierno apoya medidas inconstitucionales”

Sobre esta clase de controles, Rosa María Palacios asegura que el gobierno de Dina Boluarte está avalando medidas inconstitucionales de violación de derechos fundamentales.

“Me pueden pedir mi DNI y nada más que mi DNI si hay sospecha de delito o para prevenir un delito. Si yo me identifico con mi DNI, se termina la intervención. Si no tengo DNI, me llevan a la comisaría y me pueden retener por espacio de cuatro horas como máximo, esa es la ley. No me graban la voz, no me toman fotos, no me intervienen mis cosas, salvo flagrante delito o mandamiento escrito y motivado por el juez”, precisó.

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