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Patria Potestad: un concepto básico del derecho de familia

Es importante que los padres sean responsables al momento de abordar el tema de sexualidad en sus hijos. Foto: Guía infantil
Es importante que los padres sean responsables al momento de abordar el tema de sexualidad en sus hijos. Foto: Guía infantil

La patria potestad es importante para entender los vínculos tanto maternales como paternales con los hijos e hijas

La patria potestad es la relación entre padres/madres e hijos. Esta solo puede ser ejercida por los titulares de la paternidad o maternidad. En caso no caiga el cuidado del niño o niña en el padre o la madre, no estamos ante la patria potestad sino ante la tutela o curatela (en caso exista un problema de discapacidad)

Artículo 418.- Noción de Patria Potestad

Por la patria potestad los padres tienen el deber y el derecho de cuidar de la persona y bienes de sus hijos menores.

La patria potestad se deriva de la filiación, esa es la razón por la cual estamos ante un conjunto de facultades del padre o madre para el cumplimiento de deberes que la paternidad y maternidad les impone. Esta puede surgir de forma biológica, jurídica o por métodos de reproducción asistida

Una vez establecida la filiación inmediatamente surge la patria potestad como la institución que expresa o reúne a los padres y madres para con sus hijos menores de edad. Cuando una persona adquiere la mayoría de edad, ya no están sujetos a la patria potestad, a pesar que en cierto modo siguen dependiendo de sus padres. 

Originalmente, la patria (pater) potestad tiene un carácter vertical y patriarcal. Sin embargo, en la actualidad, es una relación de horizontalidad en la medida que cada uno tiene deberes y derechos en relación a sus hijos e hijas y estos a sus padres y madres

El eje central de la patria potestad es la persona menor de edad y, por ello, se tiene en cuenta el interés superior del niño, niña y adolescente. La finalidad de la patria potestad es que los padres logren el desarrollo integral de sus hijos, los cuales requieren nos auxilio, respeto y valores para tener un desarrollo óptimo tanto física, ética y psicológicamente. 

Ejercicio de la patria potestad 

El padre y la madre ejercen la patria potestad en el matrimonio de forma conjunta. Si uno fallece, el otro tendrá la patria potestad. En el caso de divorcio por mutuo acuerdo, ambos podrán tener la patria potestad.

La persona que incumpla deberes conyugales, no garantiza que cumpla con los deberes de la patria potestad, por eso, en el divorcio causal, solo se le da la patria potestad al cónyuge inocente. Si los 2 son culpables, el juez resuelve basado en el principio de interés superior a favor del padre o madre que ofrece mejores garantías para cumplir la patria potestad

Artículo 340.- Efectos de la separación convencional respecto de los hijos

Los hijos se confían al cónyuge que obtuvo la separación por causa específica, a no ser que el juez determine, por el bienestar de ellos, que se encargue de todos o de alguno el otro cónyuge o, si hay motivo grave, una tercera persona. Esta designación debe recaer por su orden, y siendo posible y conveniente, en alguno de los abuelos, hermanos o tíos.

Si ambos cónyuges son culpables, los hijos varones mayores de siete años quedan a cargo del padre y las hijas menores de edad, así como los hijos menores de siete años al cuidado de la madre, a no ser que el juez determine otra cosa.

El padre o madre a quien se haya confiado los hijos ejerce la patria potestad respecto de ellos. El otro queda suspendido en el ejercicio, pero lo reasume de pleno derecho si el primero muere o resulta legalmente impedido.

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