Día del adulto mayor: la ley que los protege
Los adultos mayores son una población vulnerable en nuestra sociedad, por ello, tiene un régimen especial de apoyo y protección.
El 26 de agosto es reconocido mundialmente como el día del adulto mayor. Las y los adultos mayores son una población la cual es muy vulnerable social y económicamente, ellos y ellas se ven expuestos al precario sistema que los desprotege y, muchas veces, abandona.
Sumado a ello, las y los adultos mayores están sujetos a estereotipos los cuales los generalizan y, muchas veces, atentan contra su dignidad. El Equipo de Derechos Humanos de la PUCP, respecto a este tema, menciona:
Sin embargo, ya sean estereotipos positivos o negativos, son una manera de generalizar, y no se toma en cuenta la individualidad de cada persona adulta mayor.
Ley de la Persona Mayor
Ante la exposición a la desprotección y a los estereotipos que pasan los adultos mayores diariamente, es que nuestro ordenamiento impulsa una legislación la cual los protege. Dicha Ley es la 30490: Ley de la Persona Mayor.
El objeto de esta ley, menciona su artículo primero, es el de “establecer un marco normativo que garantice el ejercicio de los derechos de la persona adulta mayor, a fin de mejorar su calidad de vida y propiciar su plena integración al desarrollo social, económico, político y cultural de la Nación”.
Además, el artículo 3 de la Ley menciona respecto a la importancia de esta:
Artículo 3. Rectoría en temática de personas adultas mayores
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ejerce rectoría sobre la promoción y protección de los derechos de la persona adulta mayor y en el marco de sus competencias y de la normatividad vigente, se encarga de normar, promover, coordinar, dirigir, ejecutar, supervisar, fiscalizar, sancionar, registrar información, monitorear y realizar las evaluaciones de las políticas, planes, programas y servicios a favor de ella, en coordinación con los gobiernos regionales, gobiernos locales, entidades públicas, privadas y la sociedad civil, que brindan las facilidades del caso.
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en el marco de su rectoría, puede suscribir convenios interinstitucionales con entidades públicas o privadas a fin de lograr beneficios en favor de los derechos de la persona adulta mayor.
La ley establece una serie de beneficios para ellas y ellos en función a sus derechos, entre estas podemos encontrar a la protección en caso de salud, abandono y los deberes estatales o políticas que deben impulsar las instituciones.
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