Ordenan a tres cadenas de farmacias a vender medicamentos genéricos por unidad
El Indecopi detectó que ofrecían solo sus presentaciones en caja o blíster.
La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Tribunal del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ordenó a las cadenas de farmacias Mifarma, Albis e Inretail Pharma que vendan medicamentos genéricos por unidad.
A mayor detalle, la Sala confirmó las resoluciones emitidas por la Comisión de Protección al Consumidor N.° 3 (CC3) y, como medida correctiva, ordenó a estas cadenas de farmacias que adecúen sus estrategias comerciales para que ofrezcan medicamentos genéricos no solamente en caja o blíster, sino también por unidad.
La SPC determinó que esta práctica comercial ponía en desventaja a los consumidores, puesto que limitaba su libertad de elección al momento de comprar medicamentos genéricos por unidades.
Según precisa, este hecho constituye una infracción al artículo 57° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual menciona que los métodos comerciales o prácticas abusivas son aquellas que imponen a los consumidores “condiciones excesivamente onerosas o que no resulten previsibles al momento de contratar”.
Clientes afectados
También se confirmó la responsabilidad de Mifarma al no brindar información veraz respecto al medicamento Naproxeno 500 mg. en su versión genérica, ya que la cadena de farmacias decía que no contaba con dicho producto, pese a tenerlo en el almacén.
“Esta conducta no permitía a los consumidores tomar decisiones adecuadas de acuerdo con sus intereses”, afirma el Indecopi.
Por otra parte, se eximió de responsabilidad a Boticas Arcángel, Mifarma e Inkafarma por la no implementación de una lista de precios de los medicamentos que comercializaban, pues eventualmente estas empresas acreditaron que implementaron esta lista en todos sus locales antes que se les notifique la imputación de cargos.
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