Oncosalud e Interbank fueron multadas por hacer llamadas sin consentimiento

Las multas ascienden a S/220 mil.
La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) sancionó, en primera instancia, a Interbank y a la aseguradora Oncosalud por el uso de datos personales para llamadas publicitarias sin consentimiento.
En detalle, Interbank fue sancionada con una multa que asciende a S/99,246 por transferir datos de sus clientes a un call center que se dedicaba al telemarketing de planes de seguros oncológicos para la aseguradora. Dicha transferencia no era informada a sus clientes, por lo que no estaba autorizada.
En tanto, Oncosalud fue sancionada con S/120,959 por realizar llamadas sin consentimiento para televentas de sus productos, esto a raíz de la denuncia de una persona que recibió llamadas no autorizadas.
Esta aseguradora contrató a una empresa vinculado a su grupo económico para que le brinde los servicios de venta de sus productos, la que a su vez subcontrató a call centers para que realicen llamadas publicitarias.
Consentimiento de los clientes
Al respecto, la Dirección de Protección de Datos Personales señaló, en primera instancia, que dicho encargo no exime a la aseguradora de las responsabilidades que tiene frente a sus clientes y sus derechos.
Esto implica, por ejemplo, que debe asegurarse que tenga el consentimiento de sus clientes para llamarlos o que se bloquee su número celular si no desean recibir más llamadas.
Cabe recordar que los usos de datos para publicidad deben contar con el consentimiento de las personas, el cual debe ser libre, previo e informado.
Las denuncias sobre uso de datos personales sin consentimiento pueden realizarse a través de la mesa de partes virtual del Minjus, ingresando a este enlace y adjuntando las pruebas necesarias.
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