Indecopi establece precedente ante casos sobre descuentos engañosos

Este precedente surge ante una promoción engañosa de Tiendas EFE.
La Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) del Indecopi estableció un precedente de observancia obligatoria para resolver casos de promociones que difundan precios o descuentos engañosos. El documento fue publicado hoy en el diario oficial El Peruano.
Dicho precedente se aplica tras resolver de oficio el primer caso de “descuentos engañosos” contra Tiendas EFE que promocionó supuestos descuentos, los cuales en realidad no lo eran.
Para su aprobación, la CCD se basó en la experiencia comparada – entre normativas, guías y casos – de Estados Unidos, Canadá, Reino Unido, Irlanda del Norte y Australia.
¿Qué dice el precedente?
El precedente de observancia obligatoria precisa que las promociones sobre ventas deben ser excepcionales y temporales. Asimismo, el descuento o rebaja debe ser calculado sobre el precio “ordinario o estándar”; de lo contrario, el proveedor estaría desnaturalizando el concepto de promoción de ventas y cometiendo un engaño, lo cual afecta los intereses económicos de los consumidores.
No obstante, el Indecopi aclara que el citado precedente no niega la facultad que tienen las empresas de establecer los precios que estimen convenientes, sino “fortalece la transparencia de los precios anunciados” como parte de una promoción de ventas.
El caso
La CCD resolvió, a través de la Resolución N.° 186-2021/CCD-INDECOPI, que Tiendas EFE difundió una promoción de venta del Televisor AOC 32” en la que habría una supuesta rebaja de S/899 a S/699.
Sin embargo, en realidad no existía tal rebaja, pues los consumidores pagaban S/699 antes y después de la promoción, lo cual infringe la Ley de Represión de la Competencia Desleal.
Es decir, en la práctica, el proveedor atentó contra el interés económico de los consumidores y su derecho a la información, además de transgredir el concepto de promoción de ventas, contrario a las exigencias de la buena fe empresarial. Por ello, la CCD sancionó a Tiendas EFE con una amonestación y ordenó su inscripción en el Registro de Infractores.
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