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JNE oficializa resolución que cancela inscripción de Democracia Directa

JNE informó que a favor de Democracia Directa se reservará su denominación y símbolo por el lapso de un año. Foto: Diario El Peruano
JNE informó que a favor de Democracia Directa se reservará su denominación y símbolo por el lapso de un año. Foto: Diario El Peruano

En el último proceso electoral, dicho partido político solo obtuvo 0,778% de votos válidos

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) oficializó la resolución que confirma la cancelación de oficio de la inscripción de la organización política Democracia Directa en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).

A través de la Resolución 0852-2021-JNE, se declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por Daniel Ronald Raa Ortiz, personero legal titular de la organización política Democracia Directa.

"En consecuencia, confirmar la Resolución 420-2021-DNROP/JNE, del 7 de setiembre del 2021, que dispuso cancelar de oficio su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas, y reservar a su favor su denominación y símbolo por el lapso de un año", refiere el dispositivo.

La resolución del JNE señala que Democracia Directa obtuvo en el último proceso electoral del 11 de abril de este año, un total de 0.778 % de votos válidos. De esta manera, no logró acceder a uno de los escaños parlamentarios.

¿Por qué se cancela la inscripción de un partido político?

El ROP, de oficio o a pedido de los personeros legales, cancela la inscripción de un partido político al cumplirse un año de concluido el último proceso de elección general, si no hubiese alcanzado por lo menos seis representantes al Congreso en más de una circunscripción electoral o haber alcanzado al menos el 5 % de los votos válidos a escala nacional. O, en el caso de Democracia Directa, por no participar en dos elecciones generales sucesivas.

<em>Imagen: Captura de la resolución N° 0852-2021-JNE</em>

Imagen: Captura de la resolución N° 0852-2021-JNE

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