Congreso aprueba requisitos mínimos para ser ministro de Estado

Aquellos con sentencia condenatoria en primera instancia no podrán ser ministros de Estado.
El pleno del Congreso aprobó en primera votación el proyecto de ley que modifica la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y establece requisitos mínimos para acceder al cargo de ministro y/o viceministro de Estado.
La representación nacional respaldó esta iniciativa con 73 votos a favor, 68 en contra y una abstención. Se prevé que la segunda votación se realizará en siete días calendario, contados a partir del 17 de diciembre.
El dictamen aprobado, el cual reúne los proyectos de ley N.° 5, 37, 48, 51 y 55, establece los requisitos mínimos que deben cumplir aquellos que accedan a la función y servicio público de funcionarios públicos de libre designación y remoción, y personal de confianza.
Durante la sesión del pleno, la congresista Adriana Tudela (Avanza País) sustentó el dictamen en mayoría de la Comisión de Constitución.
“Queremos asegurar que quienes tienen los cargos más altos de la Nación lo hagan lo mejor posible, para no hacer daño al Estado y así reducir el uso de la confianza”, aseveró.
Requisitos
Para ser nombrado ministro o ministra de Estado, la persona que ocupe el cargo no debe contar con sentencia condenatoria en primera instancia – en calidad de autor o cómplice – por delito doloso ni estar inhabilitado para ejercer cargo público.
Asimismo, no pueden ser nombrados presidente del Consejo de Ministros o ministros y/o viceministros del Interior ni Defensa quienes estén acusados por la Fiscalía o sean juzgados ante el Poder Judicial por delitos de terrorismo o tráfico ilícito de drogas.
Por otra parte, la resolución suprema de nombramiento de ministros incluirá como anexo la declaración jurada de la persona designada, la cual deberá consignar que cumple con los requisitos para ser ministro.
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