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Dan por concluida designación de Daniel Soria como procurador general del Estado

Soria fue designado como procurador general del Estado en febrero de 2020.
Soria fue designado como procurador general del Estado en febrero de 2020.

Daniel Soria fue separado de la Procuraduría General del Estado tras darse a conocer irregularidades en su designación.

El Gobierno dio por concluida la designación de Daniel Soria Luján como procurador general del Estado.

Su remoción se formalizó a través de la Resolución Suprema N.° 024-2022-JUS, publicada anoche en la edición extraordinaria de la sección de Normas Legales del diario oficial El Peruano, y lleva las firmas del presidente Pedro Castillo y el ministro de Justicia, Aníbal Torres.

Soria fue designado como titular de la Procuraduría General del Estado (PGE) el 1 de febrero de 2020, durante el gobierno de Martín Vizcarra, e iba a permanecer en el cargo por cinco años.

No obstante, recientemente se dio a conocer un informe de la Oficina de Control Interno (OCI) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, emitido por la Contraloría General de la República, en el que se advierte que Soria no cumple con uno de los requisitos para ser procurador general del Estado, además que la resolución suprema de dicha designación se publicó sin contar con el informe técnico o legal que la sustente.

“La designación del procurador general del Estado se realizó sin que haya acreditado trayectoria en la defensa jurídica del Estado, tal como lo establece la normativa que regula los requisitos para acceder a este cargo”, se lee en el oficio.

Causales para remover al procurador

El Gobierno basó su decisión en el literal c) de la sexta disposición transitoria de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, donde se establece que el presidente de la República puede remover por causal de pérdida de confianza a los titulares de los Consejos Directivos de organismos públicos.

Sin embargo, según el Decreto Legislativo N.° 1326 que reestructura el sistema administrativo de defensa jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, el titular de la PGE solo puede ser removido de su cargo por lo siguiente:

- Fallecimiento.
- Incapacidad permanente.
- Renuncia aceptada.
- Impedimento legal sobreviniente a la designación.
- Remoción por falta grave.
- Término del periodo de su designación.

De tal forma, la pérdida de confianza no es una causal para remover al procurador general del Estado, por lo que el dispositivo legal que separa a Soria Luján de la entidad contraviene el DL 1326.

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