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Leyes aprobadas por el Congreso serán publicadas en un plazo máximo de tres días

Comisión de Constitución del Congreso aprueba ley que regula la numeración y publicación de normas.
Comisión de Constitución del Congreso aprueba ley que regula la numeración y publicación de normas.

La Comisión de Constitución aprobó que el plazo para la publicación de leyes en el diario oficial El Peruano sea de tres días calendario.

La Comisión de Constitución de Congreso aprobó por mayoría el dictamen que dispone que las leyes y resoluciones legislativas aprobadas por el parlamento sean publicadas en un plazo máximo de tres días calendario en el diario oficial El Peruano.

La iniciativa, denominada como la ley que regula la numeración y publicación de normas y resoluciones legislativas, obtuvo 14 votos a favor y solo uno en contra.

De tal forma, el Poder Ejecutivo tendrá 48 horas para numerar una ley y, desde su promulgación, el plazo máximo para enviarla al diario oficial El Peruano para su respectiva publicación será de tres días calendario.

Por otra parte, el dictamen establece que el Congreso estará facultado de enumerar una ley en caso el Ejecutivo no cumpla con esto y, en un plazo no mayor de 24 horas, deberá enviarla al diario oficial El Peruano.

En tanto, dicho diario tendrá un plazo máximo de 24 horas para publicar las leyes, resoluciones legislativas y resoluciones legislativas del Congreso.

Sanciones

Si un funcionario, servidor público o trabajador de una empresa del Estado omite o retrasa la enumeración o publicación de leyes y/o resoluciones legislativas, esto será considerado como una falta administrativa muy grave.

Asimismo, podrá ser denunciado por el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, previsto en el artículo 377° del Código Penal.

Por consiguiente, el procurador de Congreso tendrá la facultad de denunciar a quienes incurran en este delito, cuya sanción es de pena privativa de libertad no mayor de dos años y máximo 60 días multa.

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