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Proyecto de Asamblea Constituyente: ¿Por qué la Comisión de Constitución recomienda su archivo?

La Comisión de Constitución, presidida por Patricia Juárez, propone archivar el proyecto de Asamblea Constituyente.
La Comisión de Constitución, presidida por Patricia Juárez, propone archivar el proyecto de Asamblea Constituyente.

La Comisión de Constitución del Congreso ha propuesto archivar el proyecto de Asamblea Constituyente. Mañana se someterá a votación este tema.

No pasaría al pleno. La Comisión de Constitución del Congreso ha recomendado archivar el proyecto de Asamblea Constituyente que presentó recientemente el Poder Ejecutivo.

Dado que dicha iniciativa es un proyecto de reforma constitucional, primero tiene que tener el visto bueno de la Comisión de Constitución para que luego sea sometido a debate y votación en el pleno del Congreso.

Sin embargo, al haber ya un decreto con la decisión de la Comisión, si es que la mayoría de miembros de dicho grupo vota a favor de archivar el proyecto, el camino que trazó el Ejecutivo para elaborar una nueva Constitución llegaría a su fin. La sesión se realizará mañana a las 8 A. M.

Cabe recordar que en la iniciativa presentada por el Gobierno se plantea agregar un artículo a la Constitución a fin de establecer quiénes podrían convocar a un referéndum – entre ellos el presidente de la República – para una Asamblea Constituyente, la cual estaría a cargo de elaborar una nueva Constitución.

Asimismo, se propone consultar a la población el 2 de octubre de 2022, fecha en la que se realizarán las elecciones regionales y municipales, si está de acuerdo con una nueva Carta Magna.

Observaciones al proyecto

La Comisión de Constitución expuso una serie de observaciones al proyecto. Una de ellas es la detección de copias de otros textos, cuyos autores no han sido mencionados. “Se denotaría la ausencia de rigurosidad en la colocación de fuente. Como consecuencia, generaría el rechazo liminar de la propuesta de ley”, se lee en el oficio.

Por otro lado, indica que el camino para toda reforma de la Constitución está establecido en su artículo 206°, el cual es una “cláusula de intangibilidad” que representa la única regla democrática fijada para la modificación de la Carta Magna y, por lo tanto, dicho artículo “no puede ser alterado”. Tras ello, la Comisión concluyó que la iniciativa del Gobierno implica el “quiebre de una cláusula de intangibilidad”.

Otra observación que hizo el grupo de trabajo es que el Ejecutivo no ha consignado los efectos monetarios o no monetarios que traería el proyecto de Asamblea Constituyente y más bien solo se limita a señalar que generará “beneficios en el sistema democrático actual”. Por dicho motivo, la Comisión sostuvo que no se cumplió con el análisis costo – beneficio, establecido en el artículo 75° del Reglamento del Congreso.

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