Guillermo Bermejo presenta denuncia constitucional contra presidenta del Congreso
El congresista Guillermo Bermejo formuló acusación constitucional contra Maricarmen Alva por los audios en los que afirma que las Fuerzas Armadas están del lado del Congreso.
El congresista Guillermo Bermejo Rojas (Perú Democrático) presentó una denuncia constitucional contra la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva.
En el oficio enviado a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, el legislador solicita que se inicie el procedimiento de acusación constitucional contra Alva por presunta infracción a los artículos 102° y 112° de la Constitución.
Asimismo, advierte que incurrió en las conductas tipificadas en los artículos 317° y 349° del Código Penal, referidas a los delitos de organización criminal y conspiración para una rebelión, sedición o motín.
Sobre este último delito, la pena se impone a todo aquel que toma parte en una conspiración de dos o más personas para cometer delitos de rebelión, sedición o motín.
La denuncia contra la presidenta del Congreso surgió tras conocerse unos audios en los que Alva muestra su intención de que, en caso el presidente Pedro Castillo sea destituido, las elecciones serían solo presidenciales y no generales.
“El Congreso no se va (…) no va a pasar eso, nosotros no tenemos que desaparecer”, indicó.
En un segundo audio, Alva sostuvo que las Fuerzas Armadas “están con ellos” en caso el presidente Pedro Castillo pretenda cerrar el Congreso.
Denuncia contra Maricarmen Alva. Foto: Twitter Guillermo Bermejo
Procedimiento de una denuncia constitucional
La acusación constitucional puede ser presentada contra altos funcionarios públicos, entre ellos al presidente de la República, congresistas, ministros de Estado, y otros. Su trámite está regulado en los artículos 99° y 100° de la Constitución y en el artículo 89° del Reglamento del Congreso de la República.
La denuncia – la cual debe ser enviada por escrito – será derivada a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para su calificación, la cual se realiza en máximo 10 días hábiles. Si es que la denuncia es calificada como improcedente, se remite al archivo. En caso sea declarada inadmisible, será notificada al denunciante para que en tres días hábiles subsane las omisiones.
De ser que la denuncia proceda, el informe de calificación será presentado a la presidencia de la Comisión Permanente y, con una votación aprobatoria, luego la Subcomisión procederá a realizar las investigaciones que correspondan y presentar un informe en máximo 15 días hábiles, con posibilidad de que este plazo se amplíe por una sola vez.
Posteriormente se realizará una audiencia y, una vez concluida, el congresista a cargo de las investigaciones tendrá que elaborar un último informe para que lo presente, a más tardar, en cinco días hábiles, para su eventual debate y aprobación o rechazo.
Este informe final podrá concluir con la acusación del investigado/a o el archivamiento de la denuncia. Si es que el informe es aprobado, pasará al pleno del Congreso para su aprobación final y para ello se requiere el voto favorable de la mitad más uno del número de miembros del Congreso, sin participación de los miembros de la Comisión Permanente.
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