¿Los congresistas deben rendir cuentas de sus viajes?
Los congresistas deben rendir cuentas de sus viajes oficiales
Hace unos días, Panorama emitió un reportaje que dio a conocer que al menos cuatro congresistas de diversas bancadas utilizaron pasajes pagados por el Congreso para viajar en días no laborables.
Los viajes se realizaron en Año Nuevo, por lo que esta fecha no correspondía a una semana de representación y eran días no laborables. Los congresistas implicados son: Flavio Cruz ( Perú Libre), Segundo Quiroz (Bloque Magisterial), Esmeralda Limachi ( Perú Democrátrico) y Rosangella Barbarán (Fuerza Popular).
Ante esta controversia, la congresista Maricarmen Alva declaró que los parlamentarios no tenían que rendir cuentas de sus viajes oficiales. “ Los congresistas tienen cuatro pasajes al mes para ir adonde quieran, no tienen que dar explicaciones” afirmó en una entrevista en Canal N.
¿Qué dice el Reglamento del Congreso?
Según el Reglamento, los congresistas tienen la obligación de presentar, luego de haber realizado un viaje oficial, un informe al Consejo Directivo sobre todo aquello que pueda ser de utilidad al país. Inclusive, el Consejo Directivo tiene la facultad de disponer el envío de este informe a todos los Parlamentarios o los órganos del Estado que puedan tener interés en esta información.
De presentar, luego de realizado un viaje oficial o de visita por cuenta del Congreso, un informe al Consejo Directivo sobre todo aquello que pueda ser de utilidad al Congreso o al país. De considerarlo conveniente, el Consejo Directivo puede acordar la reproducción del informe y disponer su envío a las Comisiones, a todos los Congresistas o a los órganos del Estado que pudieran tener interés en la información que contenga.
Reglamento del Congreso - Art 23- Deberes Funcionales
Además, estos funcionarios públicos deben dar cuenta documentado de los gastos en que incurran en viajes oficiales o visitas al exterior con bolsa de viaje.
De cuidar los bienes públicos que son puestos a su servicio y promover el uso racional de los bienes de consumo que les provee el Estado. Esta obligación incluye el deber de dar cuenta documentada de los gastos en que incurran en viajes oficiales o visitas al exterior con bolsa de viaje..
Reglamento del Congreso - Art 23- Deberes Funcionales
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