Perú Legal
  • ACTUALIDADchevron down
  • MUNDOchevron down
  • JURISPRUDENCIAchevron down
  • TEMAS LEGALESchevron down
  • OPINIÓNchevron down
  • CÓMO HACERLOchevron down
Perú Legal
Conócenos

Observatorio Legal

Webinars

CONTÁCTO

CORREO /

contacto@peru-legal.pe

MÓVIL /

(+51) 978 218 226

DIRECCIÓN /

Jr. Camaná 320 - Lima

Indecopi sanciona a la PUCP por cobrar intereses moratorios elevados

Indecopi sancionó a la PUCP con 54,4 UIT.
PUCP

Se ordenó la devolución de los montos cobrados en exceso a los estudiantes afectados.

La Comisión de Protección al Consumidor N.° 3 (CC3) del Indecopi multó a la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) con S/239,360 por cobrar intereses moratorios superiores a los permitidos por ley y por aplicar medidas intimidatorias para el cobro de pensiones del ciclo que estaba en curso.

La norma vigente (Ley 29947) establece que el cobro de moras por pensiones impagas no debe superar la tasa de interés interbancario dispuesta por el Banco Central de Reserva del Perú.

No obstante, se verificó que la PUCP cobró moras superiores y, aunque devolvió voluntariamente algunos montos cobrados en exceso, se identificó que hay alumnos que todavía no han recibido su dinero y en otros casos se les devolvió menos de lo que corresponde.

En cuanto al método de cobranza, el Código de Protección y Defensa del Consumidor precisa que no se puede condicionar el pago de las pensiones del ciclo en curso con la asistencia a clases, la evaluación ni la atención de reclamos. Solo se pueden retener los certificados del ciclo no pagado, siempre que se haya informado de ello a los estudiantes o padre al momento de la matrícula.

Devolución total

Para resarcir a los estudiantes afectados, la CC3 ordenó a la PUCP, como medida correctiva, devolver a todos los estudiantes afectados los montos cobrados en exceso por concepto de mora, además de los intereses legales generados a la fecha de la devolución.

Cabe precisar que este caso fue iniciado de oficio con base a las fiscalizaciones realizadas por el Indecopi, ello con el fin de verificar infracciones la Código de Protección y Defensa del Consumidor (artículo 73°, referido a la idoneidad de los servicios educativos) y la Ley de Protección a la Economía Familiar sobre el pago de pensiones en institutos, escuelas superiores, universidades y escuelas de posgrado públicas y privadas.

Tras lo detectado, la CC3, conformada por miembros ad hoc – debido a la abstención de los titulares – decidió sancionar a la universidad con 12.5 UIT por cobrar intereses moratorios y con 41.9 UIT por aplicar medidas intimidatorias de cobranza. A su vez, hay que mencionar que la PUCP se encuentra dentro del plazo de apelación.

Puedes acceder a la resolución en este enlace.

Cargando MgId...