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Promulgan ley que promueve la digitalización en la administración pública

Oficializan ley que facilita la recepción documental digital.
Oficializan ley que facilita la recepción documental digital.

Como parte de la ley que impulsa la digitalización en el sector público, las mesas de partes virtuales de las entidades deberán funcionar las 24 horas del día.

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 31465 que facilita la recepción documental digital. Esta norma, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, realiza cambios a la Ley del procedimiento administrativo general (Ley 27444).

La presente iniciativa fue aprobada por el Congreso a fines de marzo, con la finalidad de hacer permanente la digitalización y sistematización de todos los procedimientos en las entidades de la administración pública.

En detalle, la Ley 31465 modifica el numeral 5 del artículo 113°, el párrafo 114.1 del artículo 114°, el párrafo 117.1 del artículo 117° y los párrafos 123.2 y 123.3 del artículo 123° de la Ley 27444.

Los cambios son los siguientes:

1. Todo escrito que se presente ante cualquier institución pública debe contener la dirección a la cual se enviarán las notificaciones del procedimiento que corresponda, además será posible consignar una dirección de correo electrónico o, de ser el caso, la casilla electrónica.

2. Todas las entidades deberán contar con una mesa de partes digital para que las personas puedan enviar sus escritos. El horario de atención será las 24 horas del día, siete días a la semana.

3. Se precisa que, solo cuando el escrito sea tramitado de forma física, será presentado en papel, acompañado de una copia.

4. Las entidades deberán facilitar el empleo de sistema de transmisión de datos a distancia – sistemas virtuales – para la recepción de documentos o solicitudes y remisión de sus decisiones a las personas.  

5. No será necesaria la presentación física de documentos que hayan sido enviados de manera virtual.

Más detalles

Como disposición complementaria, la Ley 31465 ordena al Ejecutivo adecuar el Texto Único Ordenado y el Reglamento de la Ley 27444, conforme a las modificaciones aprobadas, en un plazo máximo de 30 días hábiles.

Asimismo, se dispuso dejar sin efecto la no obligatoriedad de presentar escritos en físico, medida que fue establecida mediante Decreto Legislativo 1497 y ampliada hasta el 2024 a través del Decreto Supremo N.° 187-2021-PCM.

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