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Ministro del Ambiente: urgencia de protección ambiental al río Rimac

Senamhi ha pedido a la población mayor precaución y evitar acercarse al Río Rímac. Foto: Vanessa Trebejo / URPI-GLR
Senamhi ha pedido a la población mayor precaución y evitar acercarse al Río Rímac. Foto: Vanessa Trebejo / URPI-GLR

El Ministro Montoya exhorta a la acción ciudadana y a la urgencia de medidas para preservar el medio ambiente en el Río Rímac. ¿Qué derechos se están vulnerando?

Hace unos días, el ministro del Ambiente, Modesto Montoya, realizó un llamado a la acción hacia la ciudadanía para conservar adecuadamente el río Rímac. De esta manera, señaló que debe evitarse la contaminación de la principal fuente hídrica de la capital, ya que también afecta al mar.

Por ello, repitió su pedido a los municipios distritales para que cumplan su responsabilidad establecida en las normas vigentes. El ministro estuvo acompañado de la viceministra de Gestión Ambiental, Elizabeth Silvestre, quien señaló que desde el Minam se promueve la educación y la cultura del reciclaje.

En los últimos años, se ha discutido acerca del estado de este río y sus implicancias en los derechos de los peruanos, especialmente en un contexto en el cual la contaminación ha comenzado a manifestarse en diversos factores, ya sea a nivel nacional como internacional.

Al respecto, se sabe muy poco acerca de los derechos humanos y el medio ambiente afectados por la contaminación; por lo que hasta la actualidad no se ha logrado concientizar a la población peruana respecto a ello.

Revisa aquí: Aprueban guía de valoración económica de impactos ambientales.

Implicancias en el derecho ambiental

En nuestro ordenamiento peruano se reconoce el Derecho al medio ambiente adecuado y equilibrado, derecho que ha permitido la constitución ecológica de nuestra carta magna vigente.

El Tribunal Constitucional señaló en los Expedientes 018-2002-AI/TC y 048-2004-Al/TC que este derecho fundamental referido se encontraba configurado por los siguientes elementos:

1) el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado y, 2) el derecho a que dicho ambiente se preserve. En ese sentido, el Estado debe promover las medidas necesarias para el desarrollo de este, así como abstenerse de realizar actos que la afecten. Sin embargo, ellos no son los únicos que deben respetar tal promoción del derecho implicado; por lo que los ciudadanos peruanos también deben procurar preservarlo.

La contaminación que se ha generado en el río Rímac atenta contra este derecho, ya que no solo no permite su buen desarrollo a corto plazo, sino también a largo plazo, al no ser un problema que se solucione fácilmente.

Cabe resaltar que, de acuerdo a estudios, el periodo de degradación de la mayoría de estos desechos en el río es de un plazo largo y lento; por lo que es improbable que disminuya el impacto ambiental si no existen medidas de protección. 

Precedentes de contaminación

El año pasado, la Defensoría del Pueblo demandó a las instituciones públicas y empresas prestadoras del servicio de agua y saneamiento coordinar acciones frente a la contaminación del río Rímac, fuente de abastecimiento de agua para Lima y Callao.

Ello, durante una reunión de trabajo interinstitucional en la que participaron la Autoridad Nacional del Agua (ANA), la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado (Sedapal), la Superintendencia Nacional de los Servicios de Saneamiento (Sunass), el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón – Rímac – Lurín, entre otros.


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