Pedro Castillo: ¿El Ministerio Público puede investigar a un presidente en funciones?
El fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, abrió investigación contra el presidente Pedro Castillo. Las diligencias no fueron suspendidas y seguirán su curso.
El fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, dispuso ampliar la investigación preliminar contra el presidente de la República, Pedro Castillo Terrones.
La citada investigación es parte de la que se viene realizando al exministro de Transportes y Comunicaciones, Juan Silva, y a seis congresistas, por la presunta licitación irregular para la construcción del puente vehicular Tarata, región San Martín, que culminó con el otorgamiento de la buena pro al Consorcio Puente Tarata III.
Los delitos por los que el presidente Castillo será investigado son organización criminal, tráfico de influencias agravado y colusión agravada.
Según las investigaciones y la hipótesis fiscal, se advierte de indicios razonables de la presunta participación del mandatario en delitos de corrupción de funcionarios que habrían sido cometidos dentro de un plan elaborado por una organización criminal enquistada en el Estado, específicamente en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Investigación al presidente de la República
El artículo 117° de la Constitución precisa la inmunidad que tiene el presidente de la República, quien solo puede ser acusado, durante su periodo por traición a la patria, impedir la realización de elecciones, disolver el Congreso – salvo si el parlamento ha censurado o negado la confianza a dos Consejos de Ministros – o impedir el funcionamiento de las entidades del sistema electoral.
Sin embargo, se ha abierto el debate sobre si esto se extiende a las investigaciones que pueda abrir la Fiscalía contra el mandatario.
Al respecto, el exministro de Justicia, Diego García Sayán, consideró que el artículo 117° de la Constitución no prohíbe la investigación al presidente de la República, solo no permite que estas indagaciones se conviertan en una acusación, mientras Castillo esté en funciones.
“Distorsionar el artículo para decir que la Constitución prohíbe investigar (al presidente), eso no es posible”, precisó en Canal N.
En el mismo sentido se pronunció Ernesto Álvarez, expresidente del Tribunal Constitucional, quien dijo a Panamericana que la Constitución solo prohíbe acusar a un presidente en ejercicio, mas no impide que se inicie una investigación preliminar en su contra.
Diligencias
El abogado constitucionalista Aníbal Quiroga detalló que, a lo largo de la investigación, la Fiscalía puede solicitar impedimento de salida del país contra Castillo Terrones, citarlo a declarar, recibir otros elementos probatorios, y más.
“(El fiscal de la Nación) debe estar evaluando qué otras medidas de investigación y de restricción de derechos puede ir tomando para justamente consolidar su investigación. Finalmente el Ministerio Público es como un gran detective jurídico”, recalcó.
Pedido de nulidad
La defensa legal del presidente Castillo presentó hoy, ante la Fiscalía de la Nación, un pedido de nulidad sobre la investigación abierta contra el jefe de Estado.
El abogado del mandatario, Benji Espinoza, adujo que la presente solicitud fue planteada al amparo del Código Procesal Penal, al considerar que la apertura de la investigación va en contra del artículo 117° de la Constitución.
El letrado señaló que, si el pedido es desestimado, se planteará una tutela de derechos, la cual es utilizada cuando se identifica una infracción a los derechos que le asisten a un imputado.
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