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Fiscalía solicita 29 años de prisión contra Susana Villarán

Proceso. Fiscal pidió al Poder Judicial restringir libertad de Susana Villarán, a espera del juicio. Foto: La República
Proceso. Fiscal pidió al Poder Judicial restringir libertad de Susana Villarán, a espera del juicio. Foto: La República

La exalcaldesa de Lima está acusada de cometer una serie de delitos debido al financiamiento de sus campañas.

El día de hoy, mediante su cuenta de Twitter, el Ministerio Público confirmó la presentación de una acusación contra Susana Villarán, exalcaldesa de Lima, por supuestos delitos respecto al financiamiento de su campaña por el NO a la revocatoria años atrás. Dicho pedido fue presentado por el 1°Despacho del Equipo Especial Lava Jato, el cual se encuentra a cargo del fiscal José Domingo Pérez: 

El 1°Despacho del Equipo Especial Lava Jato, a cargo del fiscal José Domingo Pérez, presentó acusación contra la exalcaldesa Susana Villarán por los delitos de asociación ilícita, colusión, lavado de activos, falsedad genérica y falsa declaración en procedimiento administrativo

La pena que la Fiscalía solicita contra Villarán es de 29 años de pena privativa de la libertad por los delitos de asociación ilícita, colusión, lavado de activos, falsedad genérica y falsa declaración en procedimiento administrativo. Cabe destacar que no solamente estaría vinculada la exalcaldesa, sino, además, otros personajes como José Miguel Castro, Domingo Arzubialde, Gabriel Prado y otros, quienes enfrentarían una pena de entre 9 a 25 años 

La Fiscalía solicitó contra Villarán una pena de 29 años de pena privativa de la libertad, por la presunta conformación de una organización criminal que recibió más de US$10 millones en aportes ilegales de las constructoras Odebrecht y OAS para continuar al mando del municipio.

Delitos por los que es acusada 

Delito de Colusión: 

Artículo 384. Colusión simple y agravada

El funcionario o servidor público que, interviniendo directa o indirectamente, por razón de su cargo, en cualquier etapa de las modalidades de adquisición o contratación pública de bienes, obras o servicios, concesiones o cualquier operación a cargo del Estado concierta con los interesados para defraudar al Estado o entidad u organismo del Estado, según ley, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años; inhabilitación a que se refieren los incisos 1, 2 y 8 del artículo 36, de cinco a veinte años; y, con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa.

Delito de Falsedad genérica:

Artículo 438.- Falsedad genérica

El que de cualquier otro modo que no esté especificado en los Capítulos precedentes, comete falsedad simulando, suponiendo, alterando la verdad intencionalmente y con perjuicio de terceros, por palabras, hechos o usurpando nombre, calidad o empleo que no le corresponde, suponiendo viva a una persona fallecida o que no ha existido o viceversa, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.

Delito de Falsa declaración en procedimiento administrativo

Artículo 411.- Falsa declaración en procedimiento administrativo

 El que, en un procedimiento administrativo, hace una falsa declaración en relación a hechos o circunstancias que le corresponde probar, violando la presunción de veracidad establecida por ley, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.

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