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Tribunal Constitucional evaluará si admite demanda sobre píldora del día siguiente

El TC debe decidir sobre el futuro de la píldora del día siguiente.
El TC debe decidir sobre el futuro de la píldora del día siguiente.

La Segunda Sala del Tribunal Constitucional evaluará la admisibilidad de este caso.

La Segunda Sala del Tribunal Constitucional (TC) evaluará hoy, 4 de marzo, si admite el expediente referido a la distribución gratuita del anticonceptivo oral de emergencia (AOE), también conocido como la píldora del día siguiente, útil para prevenir un embarazo no deseado.

Esta Sala está integrada por Marianella Ledesma, Augusto Ferrero y José Luis Sardón. Ellos decidirán si el caso se archiva o, de admitirse, se programará una audiencia para que todas las partes expongan sus argumentos.

En el 2009, el TC acordó prohibir al Ministerio de Salud (Minsa) la distribución gratuita de esta píldora, alegando que este fármaco sería “abortivo” y su reparto sería inconstitucional; aunque también precisó que, si se llega a un consenso sobre la inexistencia de los presuntos efectos abortivos de la píldora, tendría que cambiarse de opinión.

Posteriormente, en el 2016, el Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima dictó una medida cautelar a favor de la distribución gratuita el AOE en todos los centros de salud del Estado.

Sin embargo, en octubre de 2020, tras una apelación de la ONG “Alan sin componenda”, la Primera Sala Civil de Lima dejó sin efecto la sentencia de primera instancia que garantiza la distribución gratuita del AOE; aunque la medida cautelar se mantiene, en tanto se resuelve el caso de manera definitiva.

Susana Chávez, directora del Centro de Promoción y Defensa de Derechos Sexuales y Reproductivos (Promsex), sostuvo que el organismo está acompañando legalmente este caso para que personas de escasos recursos puedan acceder a la píldora de forma gratuita, cuando lo requieran.

Cabe recordar que la Organización Mundial de la Salud (OMS) señaló en el 2005 que está demostrado que, cuando ocurre la fecundación, el AOE no interfiere con el proceso de implantación en el endometrio del óvulo fecundado. Por lo tanto, estas pastillas no pueden provocar un aborto, toda vez que solo son eficaces cuando el embarazo no se ha dado.

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