¿Qué es la vacancia presidencial y cuál es su procedimiento?

Un grupo de congresistas intenta por segunda vez vacar al presidente Castillo por incapacidad moral. Conoce en esta nota todo sobre esta figura.
El presidente Pedro Castillo afrontará hoy a las 3 de la tarde un segundo pedido de vacancia en su contra por permanente incapacidad moral.
Este término ha cobrado mayor fuerza en los últimos años, puesto que el procedimiento de vacancia presidencial ha sido utilizado contra diversos mandatarios, entre ellos Pedro Pablo Kuczynski y Martín Vizcarra. En el caso de este último, sí fue vacado del cargo el 9 de noviembre de 2020 por permanente incapacidad moral.
En sí, la vacancia presidencial es la remoción del presidente de la República. Ante ello, correspondería que la presidencia de la República sea asumida por el/la primer/a vicepresidente/a. En caso no haya vicepresidentes, el presidente/a del Congreso asume el cargo, tal y como sucedió con Manuel Merino en el 2020.
¿Por qué puede ser vacado el presidente?
La figura de la vacancia está regulada en el artículo 113° de la Constitución, donde se establece que el Congreso de la República puede declarar la permanente incapacidad moral o física para vacar al jefe de Estado.
Asimismo, el cargo de presidente de la República puede quedar vacante por otros motivos, tales como:
A) Muerte del presidente de la República.
B) Aceptación de su renuncia por el Congreso.
C) Salir del territorio nacional sin permiso del Congreso o no regresar a él dentro del plazo fijado.
D) Destitución, tras haber sido sancionado por alguna infracción del artículo 117° de la Constitución (acusación por traición a la patria, impedir elecciones, disolver el Congreso inconstitucionalmente o impedir el funcionamiento de las entidades del sistema electoral).
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Vacancia por incapacidad moral y el paso a paso
La definición de “permanente incapacidad moral” ha sido motivo de debate entre constitucionalistas, pues si bien se ha tratado de conceptualizar este amplio término, en la práctica es el Congreso quien tiene la última palabra.
Esto ha conllevado a que el parlamento utilice la vacancia por incapacidad moral como una especie de sanción política debido a que, para vacar al presidente por este motivo, solo se requiere el voto aprobatorio de 87 congresistas o más.
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Al respecto, el artículo 89-A del Reglamento del Congreso contiene el procedimiento para vacar al presidente por permanente incapacidad:
1. El pedido de vacancia primero se formula mediante una moción, la cual debe tener la firma de mínimo el 20% del número legal de congresistas (26).
2. Tras ello, para que este pedido sea admitido, se requiere el voto de por lo menos el 40% de congresistas hábiles.
3. Si la moción es admitida, el pleno del Congreso acordará una fecha para el debate y votación final de la vacancia presidencial, donde el mandatario podrá ejercer personalmente su derecho de defensa o ser asistido por su abogado, hasta por 60 minutos.
4. Finalmente, el presidente de la República podrá ser vacado si 87 congresistas o más votan a favor de esto.
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