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Las claves de la sentencia del TC sobre la demanda de Interbank contra la Sunat

TC le dio la razón a Interbank sobre una demanda contra la Sunat.
TC le dio la razón a Interbank sobre una demanda contra la Sunat.

El Tribunal Constitucional resolvió a favor de Interbank respecto a una demanda que interpuso contra la Sunat por el elevado cobro de intereses moratorios.

El Tribunal Constitucional (TC) resolvió a favor del banco Interbank en una demanda que interpuso esta entidad financiera contra la Sunat por el cobro excesivo de intereses moratorios.

Dado que la Sunat le atribuye una deuda tributaria a Interbank, este banco ha interpuesto recursos de reclamación y apelación. Según alegó, el exceso de tiempo, generado por el retraso de la administración para resolver estos recursos, generó una “indebida acumulación de intereses moratorios”.

Asimismo, indicó que la aplicación de la regla de capitalización de intereses moratorios incrementó “desproporcionadamente” la deuda tributaria, motivo por el cual Interbank acudió a la vía judicial y el caso finalmente llegó al Tribunal Constitucional.

La votación al interior del TC estuvo dividida, puesto que el ponente, Manuel Miranda, propuso declarar improcedente la demanda. En el mismo sentido votaron Marianella Ledesma y Eloy Espinosa – Saldaña. Sin embargo, el magistrado José Luis Sardón se mostró a favor de darle la razón a Interbank y los magistrados Augusto Ferrero y Ernesto Blume se adhirieron a ese voto.

Al haber un empate en votos, Ferrero – en calidad de presidente del TC – usó su voto dirimente, por lo cual se procedió a declarar fundada la demanda.

¿En qué se basó la decisión del TC?

El magistrado Sardón expuso en su voto que hay cuatro criterios para determinar si se ha producido o no la violación del derecho al plazo razonable: (i) complejidad del asunto, (ii) la actividad o conducta procedimental del administrado, (iii) la conducta de las autoridades administrativas y (iv) la consecuencia que la demora produce en la situación jurídica del interesado.

Al respecto, hizo un análisis de todos estos elementos y concluyó que sí hubo una “violación del derecho a que el procedimiento dure un plazo razonable”.

Entre sus argumentos, señala que llama la atención el tiempo que demoró la Sunat (5 años) y el Tribunal Fiscal (9 años) en resolver los recursos de reclamación y apelación planteados, pese a tratarse de un mismo tema, además que el Código Tributario establece que los plazos de resolución oscilan entre los 9 y 12 meses (con posibilidad de extender 18 meses).

Por otra parte, explica que la aplicación de la regla de capitalización de intereses transgrede el principio de razonabilidad, reconocido en la jurisprudencia del TC y contenido en anteriores sentencias. Como resultado, según Sardón, la aplicación de la regla en mención es inconstitucional.

Órdenes de la sentencia

Al haberse declarado fundada la demanda del banco, el Tribunal dispuso que la Sunat efectúe el cálculo de los intereses moratorios sin aplicar la regla del cobro de intereses moratorios durante el tiempo en exceso que tomó la Sunat para resolver los medios impugnatorios interpuestos por Interbank y sin la aplicación de la regla de capitalización de intereses.

Por otro lado, ordenó a la entidad tributaria el pago de costos procesales, cuya liquidación se efectuará cuando se ejecute la sentencia.

Haz click aquí para leer la sentencia completa.

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