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Presentan proyecto de Unión Civil

Propuesta. Cavero presentó proyecto de unión civil, pero antes no apoyó iniciativas similares. Foto: Félix Contreras/ La República
Propuesta. Cavero presentó proyecto de unión civil, pero antes no apoyó iniciativas similares. Foto: Félix Contreras/ La República

En día de hoy, en una conferencia de prensa en el Congreso, Alejandro Cavero, de Avanza País, hizo oficial la presentación del proyecto de Unión Civil a favor de parejas LGTBIQ+.

En la conferencia de prensa brindada el día de hoy, desde el Congreso de la República, el congresista de Avanza País, Alejandro Cavero, hizo pública la presentación del proyecto de ley de Unión Civil. El congresista en la conferencia mencionó: 

Hemos presentado el día de hoy, junto con diversas organizaciones, [...] el proyecto de la unión civil porque creemos que tan importante en este contexto de defensa de las libertades económicas es también el de las libertades y derechos civiles. Creemos que, a pesar de la tremenda crisis social, político e institucional, no podemos dejar de dar la batalla en situaciones importantes como, por ejemplo, la defensa de los derechos y libertades de las minorías que, para nosotros, como liberales, son muy importantes. 

La problemática de la población LGTBI en el Perú es enorme, de hecho, según una última encuesta publicada en el año 2017, el 56% de la población LGTBIQ en el Perú se siente atemorizada por expresar libremente su orientación sexual y los motivos van desde ser agredido o discriminado (72%), temor a perder la familia (51%), miedo a perder el trabajo (45%) y miedo a no ser aceptado por los amigos (33%) y según una encuenta de INEI, el 63% de los encuestados manifestaron ser victimas de algún acto de discriminación y/o violencia. 

Entonces, la problemática de la población LGTBI en el Perú es enorme, el día de hoy no están en igualdad de condiciones, en igualdad jurídica ante la ley y lo que busca este proyecto es una serie de derechos básicos, desde el derecho a tomar una decisión médica, tener derecho a pensión y poder finalmente tener derechos básicos y elementales que toda relación afectiva debe poder tener y de la cual deben poder gozar en igualdad de condiciones ante la ley. 

Además, mediante su cuenta de Twitter, Cavero complementó: 

Queridos amigos, quiero anunciarles la presentación de mi proyecto de ley para establecer la Unión Civil en el Perú. Este PL buscará regular los efectos jurídicos de esta institución para lograr una verdadera igualdad ante la ley para parejas del mismo sexo. (1/3)

Las personas LGBTIQ tendrán la libertad de desarrollar su proyecto de vida dentro de la legalidad. La libertad es una sola, y por lo tanto, no solo debemos promover libertades económicas sino también las civiles y políticas para poder tomar decisiones verdaderamente libres. (2/3)

¿Cuál es la diferencia entre la unión civil y el matrimonio igualitario y por qué es criticada? 

El proyecto de unión civil, crea una nueva figura jurídica en el derecho de familia a parte del matrimonio y la unión de hecho. Por una parte, el matrimonio asegura un lazo afectivo entre dos partes las cuales gozan de ciertos derechos y deberes, además de ser vistos como una fuente de realización y generación de prole. Por ello, según nuestra Constitución, el Estado promueve el matrimonio y protege a la familia: 

Artículo 4°.- La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad.

La forma del matrimonio y las causas de separación y de disolución son reguladas por la ley.

Por otra parte, la unión de hecho o concubinato es una figura la cual se crea paralelamente al matrimonio y trata del reconocimiento de un lazo afectivo de una pareja a partir de un tiempo de convivencia determinado. De ahí, se generan una serie de derechos, como la de acceder a una sociedad de gananciales, entre otros. El concubinato se encuentra regulado por la Constitución en su artículo 5: 

Artículo 5°.- La unión estable de un varón y una mujer, libres de impedimento matrimonial, que forman un hogar de hecho, da lugar a una comunidad de bienes sujeta al régimen de la sociedad de gananciales en cuanto sea aplicable.

Entonces, la unión civil sería una nueva figura o concepto de unión la cuál parte con la idea de reconocer ciertos derechos, sobre todo patrimoniales, a parejas del mismo sexo. Sin embargo, lo que más se critica a dicha figura es que, en esencia, sería discriminatoria, pues negaría un verdadero lazo afectivo entre ambas personas imposibilitando el matrimonio (y sus derechos derivados) porque la pareja sería del mismo sexo. Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos recalca en su opinión consultiva respecto a la identidad de género y no discmrinación a parejas del mismo sexo lo sigueinte: 

En este sentido, el Tribunal sostuvo que para garantizar los derechos de las parejas del mismo sexo no es necesaria la creación de nuevas figuras jurídicas, y por ende, optó por extender las instituciones existentes a las parejas compuestas por personas del mismo sexo –incluyendo el matrimonio–, de conformidad con el principio pro persona. La Corte consideró que este sería el medio más sencillo y eficaz para asegurar los derechos derivados del vínculo entre parejas del mismo sexo.

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