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El discurso de odio en la jurisprudencia internacional

El colectivo La Resistencia se caracteriza por sus violentas manifestaciones contra políticos opositores.
GLR Urpi

Conoce en esta nota cuáles son los límites que se han establecido a nivel internacional sobre los discursos de odio.

Los discursos u expresiones de odio se basan en ejercer violencia contra grupos en base a su religión, raza, nacionalidad, género, orientación sexual u otra característica.

Sin embargo, la lucha contra esto suele ser interpretada como un límite o prohibición de la libertad de expresión.

La justificación de limitar los discursos de odio se basa en que el derecho a la libertad de expresión no es absoluto, según lo establecido por el Tribunal Constitucional en la sentencia con expediente n.° 03079-2014-PA/TC.

Si bien en nuestra jurisprudencia no hay una definición estándar sobre el discurso de odio, hay especialistas que afirman hoy en día, esta clase de mensajes pueden difundirse casi instantáneamente, por lo que el Estado no puede justificar el compromiso con la neutralidad y más bien debe garantizar la dignidad y respeto entre todos.¹

A nivel internacional, la Convención Americana declara que las expresiones de odio quedan al margen de la protección del artículo 13 (libertad de pensamiento y expresión). En el párrafo 5 de dicho artículo se establece lo siguiente:

“Estará prohibida por la ley toda propaganda en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional.”

En tanto, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, al cual está suscrito el Estado peruano, también ofrece un margen de restricciones a la libertad de expresión, ya que en el artículo 19 precisa que este derecho “entraña deberes y responsabilidades especiales”, por ello puede estar sujeto a ciertas restricciones fijadas por ley para asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás y la protección de la seguridad nacional.

1. Rosenfeld, Michel. El discurso de odio en la jurisprudencia constitucional: análisis comparativo.

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