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¿En qué consiste el delito de apología a la violencia contra la mujer?

La pena por este delito es no menor de un año ni mayor a cuatro años, según el Código Penal
Composición/Jazmín Ceras-LR

Dos conductores de YouTube narraron a manera de "burla" un caso de agresión sexual en el transporte público

Ricardo Mendoza y Norka Gaspar, conductores de un programa de YouTube, satirizaron un episodio de agresión sexual contra una niña en un servicio de transporte público de Lima.

Gaspar contó -entre risas -que vio a la menor llorando porque un hombre le jaló la mano para que toque sus genitales. A lo que Mendoza interviene pero solo para hacer "bromas" de la agresión contra la menor.

Aunque los conductores han pedido disculpas, el hecho ha generado la indignación de una gran cantidad de personas y el rechazo de las autoridades.

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) indicó en un comunicado que 7 de cada 10 mujeres han sido víctimas de acoso sexual callejero en todo el país.

“El acoso sexual es un delito que se manifiesta en diversos espacios, entre ellos, el transporte público; las niñas y adolescentes son las más afectadas por su edad. Frente a ello, quien es testigo tiene el deber de actuar, acompañar y proteger a esta población vulnerable”, se lee en el documento.

Por su parte, la Defensoría del Pueblo ha solicitado que no se normalicen las conductas de violencia sexual hacia niñas, niños o adolescentes.

Pero no es el único caso. Ricardo Mendoza narró en otro video una "anéctoda" a modo de burla contra una persona con discapacidad. Vulnerando su dignidad.

A raíz de este episodio, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), solicitó de manera especial a los personajes públicos difundir contenido que sume y promueva la inclusión de personas con discapacidad.

"De otro lado advertimos a quienes hacen uso de las redes sociales, que la burla y vulneración de la dignidad de una persona con discapacidad es discriminación y es sancionada de acuerdo a las normas vigentes”.

Consecuencias penales

Mendoza y Gaspar podrían haber incurrido en el delito de apología a la violencia contra la mujer, estipulado en el artículo 316 del Código Penal.

"El que públicamente exalta, justifica o enaltece un delito o a la persona condenada por sentencia firme como autor o partícipe, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de un año ni mayor de cuatro años".

Por otro lado, sobre el acto discriminatorio hacia una persona con discapacidad el delito tiene sanciones de dos a tres años de pena privativa de la libertad (suspendida o efectiva), así como la prestación de servicios a la comunidad de 60 a 120 jornadas de ocho horas cada una.

¿Qué hacer en caso de sufrir acoso sexual?

Si usted ha sido víctima o conoce a alguien que ha sufrido de violencia familiar o sexual puede comunicarse a la Línea 100 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

Los casos más graves, son derivados a los Centros de Emergencia Mujer o al Servicio de Atención Urgente. Este servicio atiende las 24 horas.

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