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Ministerio de la Producción dispone veda del choro por todo el mes de noviembre

El incumplimiento de lo dispuesto será sancionado.
Produce

No se podrá comercializar, extraer ni almacenar este producto hasta el 30 de noviembre.

El Ministerio de la Producción (Produce) estableció la veda reproductiva del choro en el litoral peruano desde hoy, 2 de noviembre, hasta el 30 de noviembre.

De tal forma, quedará prohibida toda actividad extractiva, de transporte, comercialización y/o almacenamiento del mismo.

Asimismo, la resolución ministerial N.° 00357-2021-PRODUCE señala que, de forma excepcional, se podrá transportar, comercializar y almacenar este recurso siempre y cuando se cuente con la documentación que demuestre que fue extraído antes de que se disponga la veda reproductiva.

El Instituto del Mar del Perú – Imarpe – realizará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso hidrobiológico choro, para lo cual deberá informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas de manejo pesquero que resulten necesarias.

Cabe precisar que el incumplimiento de la presente norma será sancionado conforme a lo establecido en la Ley General de Pescado, aplicado por Produce.

Según dicha ley, las personas naturales o jurídicas que infrinjan lo dispuesto – de acuerdo a la gravedad de la falta – se harán acreedoras de sanciones, tales como multas, decomiso, suspensión de la concesión, permiso o licencia, o inclusive la cancelación definitiva de la concesión, autorización, permiso o licencia.

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