Veda del camarón de río iniciará en enero de 2022
Hasta el 4 de enero de 2022 estará vigente la temporada de pesca de este recurso.
El Ministerio de la Producción (Produce) estableció que la veda reproductiva del camarón de iniciará el 5 de enero de 2022 y se extenderá hasta el 31 de marzo del mismo año.
De tal forma, durante dicho periodo, quedará prohibida toda actividad extractiva, de transporte, comercialización y/o almacenamiento del mismo.
Por consiguiente, según la Resolución Ministerial N.° 0448-2021-PRODUCE, la temporada de pesca de dicho recurso culminará el 4 de enero de 2022.
Asimismo, de forma excepcional, se podrá transportar, comercializar y almacenar el camarón de río, siempre y cuando se cuente con la documentación que demuestre que fue extraído antes de que se disponga la veda reproductiva.
La Dirección General de Pesca Artesanal y otras estarán áreas a cargo de realizar las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.
Cabe precisar que el incumplimiento de la presente norma será sancionado conforme a lo establecido en la Ley General de Pesca (Decreto Ley 25977), aplicado por Produce.
Según dicha norma, las personas naturales o jurídicas que infrinjan lo dispuesto – de acuerdo a la gravedad de la falta – se harán acreedoras de sanciones, tales como multas, decomiso, suspensión de la concesión, permiso o licencia, o inclusive la cancelación definitiva de la concesión, autorización, permiso o licencia.
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