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Congreso: proponen crear un fondo de pensiones para recién nacidos

Los padres de familia o el beneficiario no podrían disponer de la cuenta previsional.
Difusión

La congresista Silvia Monteza plantea que, con la venta de la placenta, se cree un fondo previsional a favor del recién nacido.

La congresista Silvia Monteza (Acción Popular) presentó el proyecto de ley N.° 1306/2021-CR mediante el cual propone crear un fondo previsional para recién nacidos, financiado con la venta de la placenta.

Dicha iniciativa tiene como finalidad garantizar la pensión de jubilación para todo ciudadano o ciudadana, para lo cual se plantea que el “capital semilla” sea el producto de la venta de la placenta. Según Monteza, con este proyecto, cuando una persona cumpla 65 años, tendrá una pensión equivalente al que otorga el programa Pensión 65.

“La presente ley tiene por objeto declarar a la placenta como activo de propiedad del recién nacido y con la venta de ello, capitalice de forma obligatoria en una cuenta individual supervisado por el Estado, que sólo podrá ser utilizado con fin previsional para garantizar su pensión de jubilación”, se lee en el documento del proyecto.

La evaluación, examen, procesamiento, conservación y declaratoria de apto de la placenta estaría a cargo de médicos especialistas y/o una dirección del Ministerio de Salud.

Asimismo, si la persona, durante su vida laboral, realiza aportes a la ONP o al Sistema Privado de Pensiones, el fondo capitalizado producto de la venta de la placenta sería complementado a cualquier sistema vigente al que esté afiliado el titular.

Parámetros para administrar la venta de la placenta

La iniciativa plantea que se tengan en cuenta los siguientes parámetros para administrar la venta de la placenta a favor del recién nacido:

- Se facultaría a los padres de familia a que dispongan de la venta de la placenta y el monto total de ello sería abonado en una cuenta individual capitalizable, con fines previsionales a nombre del recién nacido.

- La cotización y venta de la placenta estaría a cargo de la entidad supervisada por el Estado, en coordinación con el Ministerio de Salud.

- La administración de la cuenta individual capitalizable estaría a cargo de una entidad supervisada por el Estado.

- En ningún caso, los padres o el mismo beneficiario podrá disponer de la cuenta individual, ya que tiene fines previsionales (jubilación).

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