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Reniec apeló resolución que ordenó la inscripción de dos madres en DNI de su hijo

Darling y Jenny junto a su hijo.
Facebook "Tengo dos mamás"

Darling y Jenny tuvieron un hijo en México, pero el Estado peruano solo reconoció a una de las madres.

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) apeló el fallo judicial que ordenó a la institución registrar a Jenny Trujillo y Darling Delfín como madres en el DNI de su hijo.

Como se recuerda, esta decisión fue emitida por el Segundo Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ante la demanda que interpusieron ambas mujeres contra el Reniec.

Las demandantes alegaron que se vulneraron varios derechos, entre ellos el derecho a la identidad del menor, a no ser separado de sus padres, a no ser discriminado por la orientación sexual de sus madres y a la protección de su familia.

Trujillo y Delfín tienen un hijo juntas, el cual nació en México. No obstante, el Reniec solo reconoció a la madre biológica (Darling Delfín) como tal en el DNI de su hijo y no permitió la inscripción de Trujillo. A raíz de ello, iniciaron la campaña "Tengo dos mamás".

Rechazan decisión del Reniec

A través de sus redes sociales, la Defensoría del Pueblo expresó su rechazó a la apelación que hizo el Reniec contra la resolución, puesto que afecta el derecho a la identidad del menor, además contraviene el interés superior y otros derechos reconocidos por la Convención sobre los Derechos del Niño.

“En este caso, los procuradores pueden abstenerse de apelar frente a derechos evidentemente vulnerados, como ocurrió en el caso de Ana Estrada”, puntualizó.

¿Qué dice la sentencia?

El juzgado indicó en su sentencia que la Constitución Política del Perú no ha definido el concepto de familia y "menos aún lo ha limitado a una modalidad determinada”, por lo cual es deber del Estado favorecer de la manera “más amplia” a la protección familiar, algo que no ocurrió en el presente caso.

Además, las madres presentaron un registro emitido por el Ministerio del Interior – a través de la Superintendencia de Migraciones – que consigna que Trujillo y Delfín son las madres del menor.

Al concluir, el colegiado determinó que el Reniec habría vulnerado el principio en cuanto a velar por el interés superior del niño al denegar que sea inscrito con los apellidos de sus dos madres.

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