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Defensor del Pueblo presenta hábeas corpus para dejar sin efecto inmovilización social

Defensor del Pueblo interpuso demanda contra presidente Castillo por la inmovilización social en Lima y Callao.
Defensor del Pueblo interpuso demanda contra presidente Castillo por la inmovilización social en Lima y Callao.

Walter Gutiérrez, defensor del Pueblo, interpuso una demanda de hábeas corpus para que se anule la inmovilización social en Lima y Callao.

El defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, presentó una demanda de hábeas corpus con la finalidad de dejar sin efecto la inmovilización social decretada para hoy, martes 5 de abril, en Lima y Callao.

El recurso fue interpuesto ante el Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima. Según se señala en el oficio de la demanda, la presente medida vulnera diversos derechos de las personas.

“Interpongo demanda de hábeas corpus (…) por la vulneración del derecho fundamental a la libertad de tránsito y los principios de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad, al disponer la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, en Lima Metropolitana y la provincia constitucional del Callao”, sostiene Gutiérrez.

La citada demanda fue interpuesta contra el presidente de la República, Pedro Castillo; Aníbal Torres, presidente del Consejo de Ministros; el ministro de Defensa, José Luis Gavidia; el ministro del Interior, Alfonso Chávarry; y el ministro de Justicia, Félix Chero.

El hábeas corpus contra el decreto que dispuso la inmovilización social se suma a un pronunciamiento de la Defensoría del Pueblo en el que exigió el cese inmediato de esta medida por ser inconstitucional.

Inmovilización en Lima y Callao

El presidente Castillo anunció ayer al promediar la medianoche, en un Mensaje a la Nación, que el Gobierno decretó estado de emergencia en Lima y Callao ante el paro de transportistas.

Poco después, esta medida fue oficializada mediante Decreto Supremo N.° 034-2022-PCM, donde se señala que culminará hoy, martes 5 de abril, a las 23:59 horas.

El decreto en mención dispone la inmovilización social obligatoria y la suspensión de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.

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