
¿Criminalización de la protesta o protesta legal?
Autor: Jaime DupuyEl Congreso evaluará si inhabilita a la exfiscal de la nación del ejercicio de la función pública por cinco años.
Podría ser acusada por infracción constitucional y el delito de omisión de actos funcionales. | Fuente: GLR - Crédito: John Reyes Mejia.
El futuro de Zoraida Ávalos está en manos del Congreso. La representación nacional decidirá si aprueba acusarla por infracción constitucional (artículo 159, inciso 4) y el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales. La sanción que se pide es su inhabilitación de ejercer cargos públicos por cinco años.
Para el legislativo, la exfiscal de la nación no actuó diligentemente en su cargo, ya que, pese a que el 4 de enero de 2022 dispuso iniciar una investigación preliminar contra el expresidente Pedro Castillo, al mismo tiempo ordenó que las indagaciones se suspendan hasta que finalice el mandato presidencial.
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Si es que el parlamento desea aprobar la acusación contra Ávalos, se necesitarán los votos de la mitad más uno del total de congresistas, sin la participación de los miembros de la Comisión Permanente, así lo establece el artículo 89, inciso i, del reglamento del Congreso.
Para la extitular del Ministerio Público, se trata de una “venganza política” por haber presentado varias denuncias contra excongresistas y otros altos funcionarios del Estado.
En caso de que se obtengan los votos suficientes en el pleno del Congreso para inhabilitarla, tendrá que abandonar su cargo de fiscal suprema.
Zoraida Ávalos actualmente ejerce como titular en el despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Penal, y a su vez integra la Junta de Fiscales Supremos.
Sin embargo, los cargos no pueden quedarse vacíos, por lo que deberá ser reemplazada, así lo señaló la abogada penalista Jackeline López para Perú Legal.
También comentó que, para ello, se deberán tener en cuenta las distribuciones y la estructura orgánica que existe al interior de la Fiscalía. “El cargo que ocupa Zoraida Ávalos tampoco puede ser ocupado por ejemplo por un fiscal provincial o fiscal superior”, apuntó.
Ante la posibilidad de que Ávalos recurra a la vía judicial u otra instancia para dejar sin efecto una posible inhabilitación en su contra, López sostuvo que las decisiones que se adoptan en el Congreso no repercuten necesariamente en el Poder Judicial.
“No puede haber injerencia de un órgano u otro. El Poder Judicial no es el superior del Congreso ni viceversa. Si es inhabilitada, no hay nada más por hacer”, puntualizó.
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